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¿Qué son las demandas y en qué se diferencian de las denuncias y las querellas?

El único punto en común que tienen las demandas, las denuncias y las querellas es que son formas de iniciar un procedimiento judicial. Sin embargo, la vía judicial que se tome en cada una es diferente.

A continuación, en este artículo vamos a ver con detalles qué son las demandas, las denuncias y las querellas, y sus diferencias.

Diferencias entre demandas, denuncias y querellas

Como acabamos decir, la diferencia entre demandas, denuncias y querellas es la vía judicial en la que se va a actuar.

Mientras que la demanda se inicia el procedimiento judicial por la vía civil, mercantil o laboral, la denuncia y la querella son formas de iniciar un procedimiento judicial por la vía penal.

Por ejemplo, si se pretende cobrar un título de valor, se deberá interponer una demanda civil. O cuando se quiere declarar la existencia de un contrato de trabajo, habrá que demandar ante el juez laboral. Sin embargo, la comisión de un homicidio no puede ser objeto de demanda y tendrá que abrirse una investigación de delito por la jurisdicción penal.

Demandas: qué son y para qué sirven

Una demanda es una petición formal escrita que se presenta ante el Tribunal, ya sea civil, laboral o mercantil. A partir de unos hechos apoyados en unos fundamentos de derecho o jurídicos, se motiva la pretensión o reclamación formulada.

Normalmente, tiene que firmarse por el abogado o procurador, a menos que se reclamen cantidades inferiores a dos mil euros.

Además de la demanda ordinaria, está la demanda sucinta, que se hace en los juicios verbales, y las demandas especiales, entre las que se encuentran las demandas de divorcio o separación, división judicial de herencia, posesión, reclamos por incumplimiento de contratos o desahucio por impago, entre otras.

¿Qué son las denuncias?

La denuncia es una comunicación o declaración que se hace ante una autoridad que puede ser la policía, el juez o el Ministerio Fiscal. En ella debe haber la existencia de unos hechos que pueden ser delictivos.

Esta puede ser oral o escrita y será recogida por la autoridad con todo detalle de los hechos denunciados.

No es necesario contar con abogado o procurador para interponer una denuncia.

Algo diferenciador entre denuncia y querella es lo siguiente: quien presencia un delito público está obligado a denunciarlo. En cambio, la querella no es una obligación, sino un derecho donde se manifiesta la intención de ser parte acusadora del procedimiento.

¿Qué son las querellas y qué características presentan?

La querella es un escrito que se presenta ante el Juzgado competente, donde el sujeto que la interpone pone en conocimiento la presunta comisión de un delito y ejercita la acción penal.

En este caso, sí es necesario la presencia de un abogado y procurador.

A diferencia de la denuncia, la querella se caracteriza por:

  • Ser una declaración de voluntad, muestras tu intención de personarte como acusación particular. La denuncia por su parte puede ser anónima.
  • Ser un derecho que corresponde a quien se siente ofendido por un delito.
  • Debe cumplir unos requisitos, que deben estar presentes: tiene que presentarse ante el Juzgado competente o ir firmada por el querellante.
  • Puede requerir una fianza.
  • El querellante forma parte del proceso y esto significa que puede pedir pruebas, actuar y presentar recursos.

Esperamos que con este post sobre qué son las demandas, las denuncias y las querellas, y sus diferencias, hayas aclarado tus dudas. Si no es así y estás en busca de un abogado especializado en demandas y querellas, contacta con nosotros sin ningún compromiso; estaremos encantados de ayudarte.

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Qué hacer ante una negligencia médica

Las negligencias médicas son más comunes de lo que pensamos aquí en España. Esto puede deberse a que la Sanidad Pública y Privada no está viviendo su mejor momento con tantos recortes, falta de control, precariedad de medios y ausencia de profesionalidad de los responsables. 

Por tanto, si has detectado una negligencia médica, es importante que sepas qué hacer desde el minuto uno y cuentes con un abogado especialista en negligencias médicas que te asesore en todo momento. 

¿Qué es una negligencia médica? Casos más comunes

Una negligencia médica o mala praxis médica se produce cuando un profesional sanitario no sigue los protocolos o estándares médicos exigibles, ya sea por omisión o por acción, provocando daños físicos y/o morales al paciente.

Algunos casos comunes de negligencia médica son:

  • Errores en el diagnóstico o en su interpretación.
  • Retraso en el diagnóstico.
  • Operaciones con resultados lesivos.
  • Daños producidos por el material quirúrgico u olvido en el interior del paciente.
  • Prescripción errónea de medicamentos
  • Falta de revisión del paciente en el postoperatorio.
  • Muerte del paciente por no prestar asistencia de urgencia.
  • Infecciones intrahospitalarias.
  • No consecución del resultado prometido en cirugía estética voluntaria.
  • Falta de consentimiento informado y de la información previa del acto a realizar con sus consecuencias y alternativas.

¿Qué plazos hay para demandar a un médico por negligencia médica?

Los plazos para reclamar una negligencia médica varían en función de:

  1. El proceso en el que se va a iniciar la reclamación.
  2. El tipo de lesión o daño.
  3. Si la negligencia se ha producido en la sanidad privada o pública.

Si la lesión ha sido provocada por la Sanidad Privada, el proceso tiene carácter civil. La penal solo será para los casos más graves. Tenemos hasta 5 años si tenemos una responsabilidad contractual. 

En el caso de que la lesión proceda de la Sanidad Pública, el proceso tiene carácter administrativo y el tiempo para reclamar los daños es de 1 año. Por lo que hay que agotar antes esta vía antes de acudir a los Tribunales, ya se trate de una lesión o de una muerte.

¿Y qué pasa si la negligencia médica viene por una aseguradora (responsabilidad extracontractual)? Solo habrá 1 año para reclamar los daños ocasionados.

¿Cuáles son los pasos para denunciar?

Una vez que has detectado una negligencia médica, lo primero de todo es contactar con un abogado experto en el tema. En Práctica Legal contamos con los mejores profesionales expertos en derecho sanitario y con experiencia resolviendo este tipo de denuncias; así que no dudes en consultarnos.

En resumen, el proceso para iniciar una reclamación es el siguiente:

  • Identificar la negligencia médica y quién la ha cometido.
  • Si se trata de la Sanidad Pública, hacer un escrito al responsable del hospital y al médico en cuestión. 
  • En este punto, nos encargaremos de realizar un estudio de viabilidad para fundamentar la demanda. Y reuniremos toda la documentación. Aquí habría que incluir el historial médico, recetas y partes de baja. 
  • A continuación, reuniremos los informes periciales. La figura del perito es clave para demostrar que la víctima ha sufrido una negligencia médica.

Y tras este estudio del caso, el abogado determinará si recurrir a la jurisdicción administrativa (Sanidad Pública), a la jurisdicción civil (Sanidad Privada) o a la jurisdicción penal (para los casos más graves, donde puede solicitarse multas o penas de prisión y la inhabilitación del facultativo).

¿Cuánto pueden indemnizarte?

La indemnización por una negligencia médica dependerá del daño físico y/o moral ocasionados, de los años del paciente, de su historial médico y sobre todo de su esperanza de vida. 

Es difícil hacer una aproximación, pero podemos partir de algunos casos donde se han llegado a recibir 120 mil euros por la pérdida de un ser querido. Incluso algunos casos de lesiones crónicas, la indemnización ha ascendido al millón de euros.  

Como puedes imaginar, el estudio de viabilidad de una acción por negligencia médica es complejo y se necesita una figura especialista que pueda guiarte paso a paso en este proceso y evitar que los plazos para presentar reclamaciones se cumplan. 

Ponte en contacto con nosotros aquí si quieres hacernos cualquier pregunta. Estaremos encantados de ayudarte.

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Trabajar en festivos: ¿puede la empresa obligarme o no?

Un día festivo es un día no laboral, es decir, no es obligatorio trabajar ese día. Pero, ¿qué pasa si la empresa obliga al trabajador a trabajar un día festivo? 

Muchas son las dudas sobre trabajar en festivos y para disipar todas ellas, a continuación, vamos a aclarar algunas cuestiones:

  • ¿Cuándo es para los trabajadores obligatorio trabajar en festivo?
  • ¿Qué dice sobre esto el Estatuto de los Trabajadores?
  • ¿Qué pasa si alguien trabaja un festivo? ¿Puede recuperarlo?

¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre trabajar en festivo?

“La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual” (art. 35).

Esto quiere decir que, si se ha acordado en convenio o contrato trabajar días festivos, el trabajador deberá cumplir con esta obligación y será remunerada de manera extraordinaria. 

El artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores dice que los días festivos son un derecho del trabajador. En España hay 14 fiestas laborales al año (12 a nivel nacional y autonómico, y 2 de ámbito local). Y estas fechas pueden verse en el calendario laboral de cada año, publicado en el BOE. 

Ten en cuenta que estos días festivos son días en los que el trabajador cobra su sueldo y no tiene que trabajar.  

Por otro lado, también viene estipulado por ley que los domingos que caen en festivos, serán trasladado al lunes (Real Decreto 2001/1983 sobre la regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos). 

Ahora bien, ¿qué pasa si ese festivo coincide con un descanso? El empresario no tiene la obligación de trasladar el festivo o dar un descanso otro día si no se establece nada en el contrato o en el convenio colectivo.

Asimismo, en muchos sectores empresariales, se trabajan los festivos. ¿Cuánto se paga a un trabajador por ese día festivo? 

¿Qué pasa si trabajo un festivo y cómo se recupera?

Lo primero que tienes que hacer es dirigirte a tu convenio colectivo para comprobar cuánto se paga por trabajar un día festivo y ver cómo se regula la retribución y los derechos del trabajador en general.

Entonces, ¿cuándo se trabaja un día festivo? Principalmente hay dos motivos:

Trabajar en festivos por circunstancias excepcionales

En caso de enfermedad, por ejemplo, si un trabajador se pone enfermo en día festivo que le tocaba trabajar, la empresa tiene que pedir a otro trabajador que le cubra. 

Esto está regulado en el Real Decreto 2001/1983, donde se dice que todas las horas trabajadas en festivo se incrementen en un 75 %, salvo descanso compensatorio.

Por tanto, si se compensa con un 75 % la hora trabajada, ¿cuánto se cobra? Para hacer este cálculo, debemos hacer lo siguiente:

  • Conocer el salario bruto anual.
  • Después, dividirlo entre el número de horas anuales que se fija en el convenio colectivo.

Por ejemplo, un trabajador con un salario de 25.000 euros anuales con una jornada de 1900 horas al año, su salario por hora trabajada es de 13,15 euros. Incrementado esto en un 75 %, la hora trabajada se abonaría a 23,01 euros.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que también se puede compensar el festivo por otro día de descanso. La opción de descanso o compensación económica dependerá del convenio, acuerdo entre las partes o lo que decida la empresa.

En caso de que la empresa te deba el pago del complemento de trabajo en festivos, podrías reclamarlo judicialmente a través de una demanda ordinaria de reclamación de cantidad con intereses del 10 %. 

Trabajar en festivos por el calendario laboral de turnos de la empresa

Este es el segundo motivo por el que se puede trabajar un día festivo. A principio de año los trabajadores saben normalmente qué días festivos tienen que trabajar porque les dan el calendario laboral anual de la empresa. 

Algunos convenios establecen un plus económico, mientras que otros prefieren dar un descanso compensatorio. Ante la duda, hay que ir al convenio colectivo para ver cómo está regulado. 

Conclusión

Cualquier convenio puede mejorar los derechos de los trabajadores para aumentar la compensación de trabajar en festivo, aumentar los días de descanso como compensación por trabajar en festivo y limitar las causas para trabajar esos días.  

Por eso, es importante que cada trabajador conozca el convenio colectivo y haga un seguimiento de este para detectar cualquier modificación o mejoras que se realicen.

Si necesitas ayuda y asesoramiento legal sobre trabajar en festivos porque tu empresa no cumple con lo establecido en el convenio, contacta con nosotros para guiarte en todo el proceso legal.

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Hacienda no perseguirá deudas de menos de tres euros

Según una resolución de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Tributaria, las deudas con la Hacienda Pública inferiores a 3 euros a partir del 1 de junio de 2022 quedarán anuladas y se darán de baja de la contabilidad.

En la resolución, que se aplicará a los 15 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (desde el 30 de noviembre), se acuerda la anulación de aquellas liquidaciones en las que resulte una deuda pendiente de recaudar por una cantidad inferior a 3 euros. 

¿Por qué está perdonando la Hacienda Pública esa cantidad de dinero?

Asimismo, se ha estipulado que no se va a continuar la gestión recaudatoria por “motivos estrictamente económicos”, debido a que el esfuerzo que se exige para tratar de cobrar esas deudas no compensa con la recaudación que se puede obtener. Ese esfuerzo monetario determina la decisión de cancelar esa deuda. 

Por otro lado, además de no tener que devolver ese dinero quien se encuentre en deuda con Hacienda por esa cantidad inferior a 3 euros, el expediente se eliminará de su historial. 

¿Cuál es el objetivo de Hacienda?

El objetivo de la Intervención del Estado y la Agencia Tributaria es evitar actuaciones recaudatorias que presuponga un nulo provecho para la Hacienda Pública o para el cumplimiento de los fines encomendados a la Administración Pública.

En este caso, se hace referencia a liquidaciones cuya exigencia de pagos genera unos costes superiores a los recursos que pueden derivarse de esas liquidaciones.

Por todo ello, en la resolución se acuerda lo siguiente:

Se anularán y se darán de baja en contabilidad todas las liquidaciones que vengan de recursos de derecho público de la Hacienda Pública Estatal recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desde donde se haya generado una deuda pendiente de recaudar por una cantidad inferior a 3 euros.

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Cláusulas abusivas en contratos

Una cláusula abusiva implica un daño para el consumidor y para ello hay una serie de legislaciones que la ampara. 

El hecho de tener alguna cláusula abusiva en un contrato no quiere decir que este se convierta en nulo, pero sí conseguiremos anular de la escritura la parte que afecta al consumidor. 

A continuación, vamos a detallar bien qué son las cláusulas abusivas, cuáles son las más comunes y qué pasos seguir para reclamar una. 

¿Qué son las cláusulas abusivas?

Las cláusulas abusivas contractuales son las que se añaden a los contratos que no han sido negociadas individualmente, que han sido introducidas de mala fe y que causan un desequilibrio importante en cuanto a derechos y obligaciones derivados del contrato, en perjuicio del consumidor.

Un dato importante a considerar es la persona que pretenda alegar la existencia de una cláusula abusiva. En concreto, de su condición o no de consumidor. Por tanto, podrá alegar una cláusula abusiva un consumidor, que es la persona que compra un bien o servicio (y no profesionales o empresarios y personas jurídicas, estos podrán hacerlo pero a través de otro procedimiento diferente).

Las cláusulas abusivas tienen su respaldo legal en:

¿Cuáles son las cláusulas abusivas?

Muchas empresas incluyen en sus contratos una cláusula donde se eximen de responsabilidad. Y aunque el consumidor firme el contrato, este debe saber que puede estar ante una cláusula abusiva y tiene derecho a reclamar.

Algunas de estas cláusulas son las que imponen al consumidor algunos gastos de documentación y tramitación. Por ejemplo, es el caso de que un promotor estipule que el comprador de un inmueble cargue con los gastos de la titulación.

Otro caso es el de las empresas de telefonía que te obligan a tener permanencia, imponiendo al consumidor no darse de baja durante un periodo de tiempo y si lo hacen serán sancionados. Sin embargo, siempre que el consumidor mantenga la buena fe y no aproveche estas ofertas en perjuicio de la empresa (y si a esto le sumamos la insatisfacción del consumidor o que el servicio no se ha prestado de forma correcta), el consumidor no tendrá la obligación de cumplir con los plazos de permanencia.

Otros contratos en los que solemos ver cláusulas abusivas son el de las hipotecas o préstamos bancarios: cláusulas suelo, cláusulas de intereses moratorios, cláusulas de vencimiento anticipado, cláusulas de IRPH y cláusulas de renuncia a una serie de derechos.

¿Qué hacer para reclamar una cláusula abusiva?

Si después de leer y revisar el contrato, detectas alguna cláusula abusiva, lo primero que tienes que hacer es pedir ayuda a un abogado especialista en reclamar cláusulas abusivas. O si tienes dudas sobre si es o no una cláusula abusiva contractual, consúltanos lo antes posible para asesorarte y asegurarnos de que nos prescriban los plazos pertinentes. 

Los pasos son los siguientes:

  • Deberás presentar una reclamación en el Servicio de Atención al Cliente de la empresa que haya prestado el servicio. Y reclamarás que eliminen esa cláusula y la devolución de la cantidad económica que te haya supuesto.
  • Pero, ¿qué pasa si te desestiman la reclamación? El siguiente paso será acudir a la vía judicial. Tendrás que alegar su existencia en el contrato y pedir su nulidad. Con ello, si lo consigues, obtendremos el contrato plenamente vigente y esas cláusulas abusivas desaparecerán, como si nunca hubiesen existido.  

¿Tienes más preguntas sobre qué son las cláusulas abusivas o cómo reclamarlas? Contáctanos sin ningún compromiso para resolver tus dudas.

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Traspaso de negocios en empresas familiares: cómo hacerlo y evitar conflictos

Según las estadísticas, el 80 % de las empresas familiares no pasan de la tercera generación. 

Sin embargo, en España el 90 % de las compañías de diferentes sectores son empresas familiares. Esto significa que más de la mitad del empleo privado se genera por estas empresas.

Uno de los problemas que surgen en la empresa familiar es la sucesión de la administración justo cuando el gestor principal se jubila. 

A continuación, te recomendamos cuál es la mejor forma y cómo hacer un traspaso de negocios en empresas familiares.

¿Cómo hacer un traspaso de negocios en empresas familiares? La donación

El traspaso de un negocio es la cesión de la titularidad de un negocio o de sus derechos de explotación a un nuevo titular a cambio de una compensación. 

Y en el caso de traspaso de negocios en empresas familiares, de padres a hijos, la opción más recomendada es la donación. 

¿En qué consiste la donación?

Cuando un padre dona a su hijo un negocio, el donante cede la titularidad y explotación de la empresa al hijo sin nada a cambio. 

Se caracteriza porque es una transmisión voluntaria de la propiedad (y en vida). Y debido a que debe realizarse de forma legal, debe hacerse mediante contrato. 

¿Y qué ocurre si el traspaso no es familiar? Si el traspaso no es de un padre a un hijo, debe formalizarse por un contrato específico y diferente. Y la persona que recibe la empresa, deberá pagar por este derecho una cantidad acordada. Además, la carga fiscal no está bonificada.

¿Qué implica una donación en términos fiscales?

Por un lado, el hijo debe declarar los bienes adquiridos en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El tipo impositivo variará según el valor del negocio traspasado y la Comunidad Autónoma donde resida el hijo. 

Y como el patrimonio del padre se altera al realizar la donación, este deberá reflejarlo sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

Por otro lado, el Impuesto sobre el Patrimonio puede afectar a este traspaso de negocio, ya que grava el patrimonio de personas físicas cuando supere una cantidad. Y esto está regulado por las Comunidades Autónomas.

En este sentido, hay una serie de excepciones en las donaciones de negocios familiares, donde hay una exención del pago de este impuesto.

¿Cuándo quedará exenta la donación?

Según la Ley, la donación quedará exenta si los elementos patrimoniales transmitidos están sujetos a una actividad económica. 

Esta actividad económica se define como la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y recursos humanos con el fin de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

Y en lo que se refiere al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la donación de la empresa familiar tiene una reducción del 95 % (en algunas Comunidades Autónomas puede llegar al 100 %) del valor de adquisición si se cumples estos requisitos:

  • El donante tiene 65 o más.
  • La donación está exenta del impuesto de patrimonio y el sucesor mantiene la exención durante los 10 años siguientes a la transmisión.

Sin duda, en el caso de la transmisión de empresas familiares, un plan de sucesión es la mejor opción para que se determine cómo se va a desarrollar el cambio de administrador y que no afecte a la actividad empresarial; sin originar conflictos legales.

Si tienes dudas sobre los traspasos de negocios en empresas familiares, te recomendamos que nos contactes para que uno de nuestros abogados especialistas pueda asesorarte de la mejor forma según tu circunstancia. 

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Ley de memoria democrática

El pasado viernes 21 de octubre entró en vigor la nueva ley de memoria democrática, tras aprobarse 15 días antes por el Senado. Esta Ley derogará la de Memoria Histórica, aprobada durante el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero. 

Entre su principal objetivo se encuentra cerrar de una vez por todas el daño causado a las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista.

Según el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, esta ley se centra en las personas, en aquellas que siguen buscando en fosas comunes los restos de sus seres queridos; esas que nacieron en el exilio, las que se atrevieron a pensar diferente, a amar distinto o a luchar por la libertad. 

Además, Bolaños hace hincapié en que “la memoria es nuestra identidad”; y hace referencia a aquellas personas que no vivieron la dictadura y la represión, pero quieren conocer la historia de España para no repetir esos errores del pasado.

Veamos a continuación cuáles son los puntos clave de la ley de memoria democrática que ya ha entrado en vigor.

Puntos clave de la ley de memoria democrática

A partir de ahora, la ley de memoria democrática implica algunos puntos clave que hay que considerar:

  • El régimen franquista se declara ilegal: y por tanto, también se declara ilegal sus tribunales, anulando todas las condenas impuestas en estos. 
  • El Estado asume la búsqueda de los desaparecidos: entre el periodo de la dictadura y la Guerra Civil será la Administración General el Estado quien investigue las desapariciones. Se creará un mapa de localización y un banco de ADN con todos los datos de las víctimas.
  • Se amplía la definición de víctima: a partir de ahora, una víctima será toda aquella persona que haya padecido daño físico, moral, psicológico, patrimoniales o menoscabo de derechos fundamentales desde el Golpe de estado (18 de julio de 1936) hasta la Constitución de 1978. También son consideradas víctimas las personas del colectivo LGTBI y las que han sido adoptadas sin el consentimiento de sus padres. Sin olvidar aquellos que hicieron uso de lenguas cooficiales (gallega, vasca, catalana, entre otras).
  • Acceso a la información pública de los archivos: el acceso a la información sobre los hechos ocurridos entre 1936 y 1878 será libre, universal y gratuito. 
  • Se crea un fiscal de Sala para investigar las violaciones de derechos humanos: y esto será lo que impulse el proceso de búsqueda de las víctimas.
  • Símbolos contrarios a la memoria democrática: todos aquellos elementos que ensalcen la dictadura en edificios públicos o en la vía pública se eliminarán.
  • Suspensión de los títulos nobiliarios: se suspenderán en total 33 títulos nobiliarios concedidos entre 1948 y 1978.
  • Se cambia el nombre de Valle de los Caídos por Valle de Cuelgamuros: en esa zona solo podrán yacer los restos mortales de los fallecidos a consecuencia de la guerra y se reubicarán los restos que ocupen un lugar preeminente en el recinto.
  • Se actualizan los contenidos educativos: se actualizan los contenidos curriculares de la ESO, FP y Bachillerato para dejar constancia de la represión vivida durante la guerra y la dictadura.
  • Estudio de vulneraciones de derechos humanos: se crea una comisión que analizará las violaciones de los derechos humanos ocurridos entre 1978 (la aprobación de la Constitución Española) y 1983 (el nombramiento del primer gobierno socialista). Esta comisión ayudará a esclarecer los casos de quienes hayan luchado por la consolidación de la democracia y que señale posibles vías de reconocimiento y reparación. 
  • Acciones de divulgación: al igual que se estudiarán las vulneraciones de derechos humanos, la Administración promoverá el conocimiento de la memoria democrática española con programas que incluirán testimonios de las víctimas y la memoria de las mujeres.

Si te ves afectado/a o te ha quedado alguna duda sobre la ley de memoria democrática, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos.

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¿Qué opciones tiene un consumidor a la hora de reclamar ante un mal servicio?

¿Alguna vez has comprado un producto o has contratado un servicio y te has llevado una decepción? La primera cosa que nos viene a la cabeza cuando somos consumidores y no estamos conforme con lo que hemos contratado es poner una hoja de reclamación. Esta es una vía. 

Pero, ¿qué otras opciones existen? ¿Poner o no una queja ante el defensor del consumidor?

Sin embargo, no todos los consumidores reclaman porque quieren evitarse dolores de cabeza. Estos trámites suelen ser muy largos y tediosos. Pero debes saber que como consumidor tienes el derecho de denunciar a una empresa por fraude. 

Razones para denunciar a una empresa

Entre las principales razones para denunciar a una empresa se encuentran:

  • El producto adquirido se encuentra en mal estado.
  • Mala atención al cliente.
  • El precio no se corresponde con lo que se ofertaba en el catálogo.
  • Servicio pésimo de postventa.
  • No se respeta la garantía del producto adquirido.
  • Se niegan a aceptar la devolución de un producto que está en malas condiciones.

Opciones que tiene el consumidor cuando va a reclamar ante un mal servicio

Estas son las opciones que el consumidor tiene:

Resolverlo de forma amistosa con la empresa

Siempre se recomienda empezar por aquí. Y si de primeras no da resultados, el siguiente paso es pedir la hoja de reclamaciones.

La empresa tiene la obligación de dártela gratis y si no lo hace, puedes llamar a la policía. 

En caso de que sea un sitio online, pide la hoja al servicio de atención al cliente o descárgate el impreso en el sitio web oficial de la Dirección General de Consumo de tu Comunidad Autónoma.

Entrega la hoja de reclamaciones a la OMIC (Oficina municipal de información del consumidor)

Rellena y firma la hoja de reclamaciones, detalla el motivo de la queja y la fecha. Después, una hoja será para ti, otra para el establecimiento y para la Administración. 

Acto seguido, haz fotocopias de los documentos, ya sean capturas, folletos, tickets, facturas o contratos.

Y finalmente entrega a la Administración su hoja, junto con las pruebas, en la OMIC de tu localidad o a la Dirección General de Consumo de tu Comunidad Autónoma. Puede ser en persona, por email o vía telemática. 

Este organismo será el que analizará tu caso y contactará con la empresa para facilitar un acuerdo. Si la empresa no da ninguna respuesta, estudiará si ha infringido la normativa. Si es así, abrirá un expediente que acabará en multa. 

Reclamaciones ante el defensor del consumidor de sectores específicos

Además de tramitar la reclamación por la OMIC o Asociaciones de Consumidores, dependiendo del sector de la empresa, hay unos protocolos establecidos para hacer la denuncia ante el defensor del consumidor en sectores específicos:

  • Bancos y entidades financieras: Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
  • Transporte aéreo: Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
  • Transporte marítimo y vías navegables. Reclamaciones por cancelaciones y retrasos.
  • Seguros: Servicio de Consultas y Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Empresas de suministros (gas, agua, electricidad): Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  • Inversiones: Comisión Nacional del Mercado de Valores.
  • Telecomunicaciones: Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.
  • Protección de datos de carácter personal: Agencia Española de Protección de Datos.

Arbitraje de consumo

Cuando la Administración no consigue resultados en un tiempo, pasamos al Arbitraje de Consumo. 

Este es un servicio público y un sistema gratuito y sencillo que permite resolver los conflictos de consumo por vía extrajudicial. Pero con efecto vinculante, ejecutivo y rápido (sin necesidad de llegar a los tribunales).

El requisito para este sistema de arbitraje es que la empresa esté adherida al sistema arbitral de consumo

Algo a considera si escogemos esta vía es que:

  • Si la empresa no cumple con lo que dicte el laudo, solicitaremos su ejecución ante un juez de primera instancia.
  • El laudo arbitral no permite acudir a los tribunales ordinarios por una misma causa.

Por tanto, si no recurrimos a la mediación o arbitraje, podemos ir a juicio.

Juicio

Aunque el juicio es lento y más costoso que otras opciones, existen momentos que te conviene. Ten en cuenta estos supuestos:

  • Si reclamas un importe inferior a 2000 euros, no necesitas un abogado o procurador y podrás poner la demanda a tu nombre. Esto significa que te ahorrarás una buena cantidad.
  • Si reclamas una cantidad superior a dos mil e inferior a 6 mil euros, la demanda se tramitará por juicio verbal. 
  • Si la cuantía que se reclama es superior a 6 mil euros, se hará por juicio ordinario. Aquí sí tiene que haber un abogado y procurador, aunque te puedes beneficiar de un abogado de oficio.

Está claro que antes de acudir a los tribunales, se recomienda solucionar la reclamación de forma amistosa. 

No obstante, si tienes más preguntas sobre cuáles son tus derechos como consumidor y qué otras opciones tienes para reclamar ante un mal servicio, consúltanos sin compromiso para resolver todas las dudas.

Estructura societaria blog de Práctica Legal

¿Cómo decidir la estructura societaria adecuada para tu negocio?

Existen muchos tipos de sociedades, las cuales presentan características específicas. Ahora bien, ¿qué tener en cuenta para decidir una estructura societaria adecuada para tu negocio o empresa?

Seguramente, hayas pasado meses desarrollando tu idea de negocio, estudiando tu plan de negocios, determinando los costes iniciales o pensando qué nombre elegir.

Pero muchos emprendedores se olvidan de algo importante como es elegir la forma jurídica que mejor se adapte a sus necesidades y a las de su proyecto.

Factores que debes considerar para decidir una estructura societaria adecuada para tu negocio

Hablamos de tres factores importantes:

1. El capital social

A la hora de emprender un negocio, una de las primeras preguntas que debes hacerte es:

  • De cuánto capital dispones para invertir.
  • Si dispones de mucho, ¿estás dispuesto a aportar esa cantidad?
  • ¿Cuántos vas a aportar tú y cuánto tus socios?

Esto te ayudará a reflexionar y dar con la respuesta de cuánto capital dispones para tu nuevo negocio. Y a partir de aquí podrás determinar qué estructura societaria elegir.

Ten en cuenta que darse de alta como autónomo no supone un coste inicial. Sin embargo, en el caso de la Sociedad Limitada o Anónima, el coste es de 3.000 y 60.000 euros.

2. Los socios

El segundo factor importante son los socios. ¿Cuántos son necesarios para crear una sociedad?

Hablamos de tres categorías:

  1. Unipersonal o un único socio.
  2. Dos socios.
  3. Más de dos socios.

Aquí deberás cuestionarte con cuántos socios quieres crear una sociedad, quién será la persona que administre la empresa o si realmente solo quieres estar tú como administrador y no quieres contar con nadie más.

También existe la opción de buscar un administrador solidario si no quieres estar solo dirigiendo la empresa para que, de esta forma, no seas el único en tomar decisiones.

3. La responsabilidad

Con esto nos referimos a tener claro qué responsabilidad queremos tener con la empresa en cuestión que vamos a crear. Lo que te llevará a la siguiente pregunta: ¿qué tipo de empresa quieres montar?

Aquí entra en juego muchos factores. Por ejemplo, si te vas a hacer cargo de todas las pérdidas y qué riesgo estás dispuesto a aguantar.

Esto será decisivo para decidir cuánto dinero quieres aportar tú y cuánto los socios. Es la única forma de que el poder se distribuya como te interese.

Por tanto, la responsabilidad puede ser limitada o ilimitada. En la limitada el socio solo responde por el capital aportado y en la ilimitada también responde con sus bienes personales.

4. El sector de la actividad

A veces la normativa exige adoptar una forma jurídica según el sector al que pertenezca la actividad que vas a desarrollar.

5. Fiscalidad

Deberás también tener en cuenta la carga fiscal que más te convenga. Si eres autónomo, tributarás por el IRPF. Pero si eres una sociedad mercantil lo harás por el impuesto de Sociedades.

Tipos de empresas

A modo de resumen, estos las estructuras societarias que existen. Además, dependiendo el tipo de estructura, te detallamos sus requisitos: el número de socios, el capital mínimo a invertir y la responsabilidad.

  • Autónomo: 1 socio, este se responsabiliza con todos sus bienes y no existe un capital mínimo legal.
  • Emprendedor con responsabilidad limitada: 1 socio, responsabilidad ilimitada (aunque con excepciones) y no exige un capital mínimo.
  • Sociedad colectiva: mínimo 2 socios, el socio se responsabiliza con todos sus bienes y no existe capital mínimo.
  • Comunidad de bienes: mínimo 2 socios, no existe capital mínimo y el socio se responsabiliza de todos sus bienes.
  • Sociedad civil: mínimo 2 socios, no existe capital mínimo y el socio se responsabiliza de todos sus bienes.
  • Sociedad comanditaria: mínimo 2 socios, no existe capital mínimo, el socio se responsabiliza de todos sus bienes.
  • Sociedad limitada de formación sucesiva: mínimo 1 socio, no existe capital mínimo, responsabilidad limitada al capital aportado.
  • Sociedad limitada: mínimo 1 socio, 3000 euros mínimo de capital y responsabilidad limitada.
  • Sociedad limitada nueva empresa: de 1 a 5 socios, el capital varía entre 3 mil y 120 mil euros, y la responsabilidad es limitada.
  • Sociedad anónima: mínimo 1 socio, 60 mil euros mínimos como capital mínimo y responsabilidad limitada al capital aportado.
  • Sociedad cooperativa: el número de socios depende del grado de esta, no existe un capital mínimo y el socio se responsabiliza con todos sus bienes.

¿Tienes dudas aún sobre qué tipo de estructura societaria elegir para tu empresa? Contáctanos para asesorarte y guiarte por la mejor opción según tus necesidades.

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¿Puede un abogado de oficio rechazar un caso?

Una de las dudas que más nos trasladan nuestros clientes, es si  un abogado de oficio puede rechazar un caso para el que ha sido asignado. Esta semana te resolvemos todas las dudas en torno a una cuestión que tiene muchos matices.

¿Puede rechazar un caso?

En un principio, el abogado de oficio se encuentra en la obligación de aceptar y defender el caso para el que ha sido encomendado. Sin embargo, existen una serie de razones que pueden ser utilizadas para que el letrado rechace llevar el caso.

Razones de rechazo dentro del orden penal

Como ya te comentábamos existen una serie de razones a las que el abogado de oficio se puede acoger a la hora de rechazar el caso de un cliente.

Insostenibilidad de la pretensión

El letrado podrá rechazar el caso si considera que la pretensión del cliente es insostenible. Ante esta situación, deberá explicar cuáles son las causas jurídicas en las que se basa su decisión en un plazo máximo de 15 días después de ser designado.

Causas personales

Dentro del orden penal, puede darse una causa personal y justa por la que el abogado se considere no objetivo en la consideración de su cliente. Esto puede llegar a ser un problema en el momento de la defensa. En este caso, existe razón de peso para negarse a llevar el caso. Para esta alegación, el abogado deberá formular su excusa en un plazo de 3 días desde su designación, siendo esta estudiada por el Decano del Colegio correspondiente.

Esta situación suele darse cuando el cliente ha producido algún tipo de perjuicio personal al abogado, encontrándose comprometida su defensa debido a la relación de confianza que debe existir entre letrado y cliente.

Defensa contraria

Otra de las razones por las que el letrado puede negar su defensa a un cliente es si ya ha asistido con anterioridad a otra persona, siendo esta en la actualidad la parte contraria en el juicio, ya que esto supone un conflicto en ambas defensas.

Es decir, si se designa a un abogado de oficio para que defienda a un agresor sexual, no podrá asumir dicha defensa en caso de que en un juicio anterior fuera el abogado de una víctima de la misma persona.

¿Puede rechazar un caso en el ámbito civil?

En el ámbito civil, los abogados de oficio tienen la obligación de desempeñar su función en forma real y efectiva hasta la finalización del procedimiento.

Este no puede renunciar a la designación, excepto en los casos en los que exista motivo justo y personal. Este será analizado y estudiado, quedando la decisión en manos del Decano de cada Colegio de Abogados. Para ello tiene un plazo de tres días desde la notificación y la cuestión debe resolverse dentro de los cinco días desde la presentación.

Negarse a llevar un caso, procedimiento o expediente en la etapa de actuaciones previas, puede suponer un expediente sancionador o incluso una sanción.

Perdida de confianza en el cliente

Ante una defensa, es fundamental que exista una relación de confianza plena entre letrado y cliente. Cuando esta no existe o se rompe durante el proceso, el abogado de oficio puede presentar una solicitud al Colegio de Abogados para ser sustituido por otro abogado.

De la misma manera esta acción puede solicitarla el cliente cuando la confianza perdida es la de este hacia el letrado.