Marcelo Richter, un abogado con un profundo análisis del derecho constitucional y laboral de Guatemala

Marcelo Richter es un abogado de renombre con una sólida formación académica. Obtuvo su titulación en Derecho en la Universidad Católica de Salta, Argentina, y en la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC). Su filosofía profesional se centra en la atención altamente personalizada al cliente. Cree firmemente en la importancia de brindar transparencia y mantener informados a sus clientes en todo momento sobre el progreso de sus casos.

Con más de dos décadas de experiencia en el ejercicio del derecho, Richter ha consolidado su pericia con maestrías en Derecho Constitucional y Derecho del Trabajo y la Seguridad Social. Richter ha tenido inclinación hacia estas áreas del derecho desde muy joven. «El Derecho Constitucional siempre fue un tema que me llamó la atención, cómo se organiza el Estado y cómo se realizan los equilibrios en el ejercicio del poder», expresó.

Su compromiso con la sociedad no termina con el ejercicio del derecho, sino que va más allá y se involucra en la educación. Se refleja en su labor como profesor en la Universidad del Istmo (UNIS), donde ha impartido clases en diversas áreas del derecho, como Teoría del Estado, Jurisdicción Constitucional y Derecho del Trabajo.

Además de su destacada trayectoria académica, Richter es coautor del libro «Derecho Procesal Constitucional», una obra que ha alcanzado su séptima edición y destaca por su enfoque profundo en los procesos constitucionales guatemaltecos. Este libro fue escrito por los abogados Víctor Manuel Castillo, Alejandro Morales Bustamante y Marcelo Pablo E. Richter, bajo la dirección del Dr. Alberto Pereira-Orozco, quienes tienen una vasta experiencia en la Corte de Constitucionalidad.

«Consideraba importante aportar a la cultura nacional y académica al publicar un libro de derecho procesal constitucional y hacer un análisis de la realidad nacional», comentó el Lic. Richter. La séptima edición conmemora la memoria del Dr. Pereira-Orozco por su valioso aporte al derecho guatemalteco.

Richter, quien ha trabajado en la Corte de Constitucionalidad y en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, ha llevado su experiencia más allá de las fronteras de Guatemala, desempeñándose como docente y expositor en diversos países de América Latina y Europa. Su dedicación en áreas específicas del derecho, como el Derecho del Trabajo, la Seguridad Social y el Derecho Constitucional, se refleja en los servicios especializados que ofrece a sus clientes.

En su determinación por brindar el mejor asesoramiento legal, Richter es socio fundador de la firma de abogados Práctica Legal, donde se enfoca en una amplia gama de servicios que incluyen asesoramiento en relaciones laborales, contratos de trabajo, salud y seguridad ocupacional, entre otros. Además, se compromete a garantizar la protección de los datos de sus clientes y a cumplir con todas las obligaciones legales de manera responsable y eficaz.

La Embajada de Guatemala en España recibe a Práctica Legal

Practica Legal Abogados, Consultores y Global Corporate, con sedes en España, Portugal y Guatemala, han celebrado un encuentro en la Embajada de Guatemala en España, y han sido recibidos por D. Carlos Medrano Galicia, Consejero de Comercio, Inversión y Turismo. Así, Practica Legal con motivo de la celebración de la Junta Anual, han asistido a la reunión con representación del despacho diferentes socios de la firma, por el despacho en Guatemala, asistieron Marcelo Richter y Carlos Muñoz, por España asistió por la sede de Madrid Ana Regal y por el despacho en Barcelona los socios Óscar Sánchez y Jacint Boixasa.

Practica Legal Abogados y Consultores, tiene el objetivo de fomentar las relaciones de inversión y desarrollo en Guatemala, un país con importantes oportunidades de negocio en diferentes sectores, energía, sostenibilidad, entre otros sectores, siendo un país estratégico en pleno desarrollo, interesante para objetivos de expansión por diversas razones tanto de inversiones como lugar de entrada para empresas que se encuentren en fase de crecimiento y expansión ya que es un lugar clave para la  logística a Latinoamérica y Estados Unidos.

Compatibilización de la incapacidad permanente con el trabajo según el grado de incapacidad

La cuestión de si una persona puede compatibilizar una pensión por incapacidad permanente con un trabajo es un tema que suscita muchas dudas e interpretaciones. En este artículo, abordaremos cómo el Tribunal Supremo de España ha tratado este tema, considerando los diferentes grados de incapacidad permanente y sus implicaciones legales.

Tipos de incapacidad permanente

Antes de profundizar en las decisiones del Tribunal Supremo, es crucial entender los distintos grados de incapacidad permanente reconocidos por la legislación española:

  1. Incapacidad Permanente Parcial: Es aquella que provoca al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal para su profesión habitual, pero que no le impide realizar las tareas fundamentales de la misma.
  2. Incapacidad Permanente Total: Es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero permite dedicarse a otra diferente.
  3. Incapacidad Permanente Absoluta: Es la que inhabilita al trabajador para cualquier tipo de trabajo.
  4. Gran Invalidez: Es la situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha sido clara en que la compatibilidad entre la percepción de una pensión por incapacidad permanente y el desempeño de un trabajo depende del grado de incapacidad reconocida.

Incapacidad permanente parcial

Para la incapacidad permanente parcial, el Tribunal Supremo ha establecido que sí es compatible con el desempeño de un trabajo. La razón es que esta incapacidad solo limita parcialmente la capacidad laboral del individuo, permitiendo que el trabajador continúe realizando su actividad profesional con una reducción en su rendimiento. Así, una persona con incapacidad permanente parcial puede seguir trabajando y recibiendo su pensión, siempre que la disminución en su capacidad laboral sea inferior al 33%.

Incapacidad permanente total

En el caso de la incapacidad permanente total, la situación es algo más compleja. Esta incapacidad inhabilita al trabajador para realizar las tareas de su profesión habitual, pero no para desempeñar otra actividad distinta. Por lo tanto, una persona con incapacidad permanente total puede compatibilizar su pensión con otro trabajo, siempre y cuando este sea diferente al que realizaba anteriormente.

Un ejemplo de jurisprudencia que aborda esta cuestión es la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de marzo de 2014. En esta resolución, se establece que un trabajador con incapacidad permanente total puede trabajar en otra ocupación que no requiera las mismas exigencias físicas o intelectuales de su profesión habitual. La clave es que la nueva ocupación no debe interferir ni agravar la condición que originó la incapacidad.

Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez

Para la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez, la compatibilidad con cualquier tipo de trabajo es más restrictiva. La incapacidad permanente absoluta inhabilita al trabajador para cualquier tipo de actividad laboral, por lo que, en principio, no podría compatibilizar la pensión con ningún trabajo.

Sin embargo, hay matices en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. En ciertos casos excepcionales, se ha reconocido la posibilidad de que personas con incapacidad permanente absoluta realicen trabajos muy específicos que no interfieran con su condición. Estos trabajos suelen ser de carácter muy limitado y adaptados a las circunstancias particulares del trabajador. Por ejemplo, un trabajo a tiempo parcial o con condiciones muy específicas que no agraven la salud del trabajador.

En cuanto a la gran invalidez, la compatibilidad con el trabajo es prácticamente inexistente, ya que esta condición implica una necesidad constante de asistencia para las actividades más esenciales de la vida diaria. El Tribunal Supremo ha sido muy estricto en estos casos, dado que la gran invalidez supone una limitación extrema que hace inviable cualquier tipo de actividad laboral remunerada.

En resumen, la compatibilidad entre la incapacidad permanente y el trabajo depende en gran medida del grado de incapacidad. El Tribunal Supremo permite compatibilizar la pensión con un trabajo en los casos de incapacidad permanente parcial y total, siempre que se cumplan ciertas condiciones y que la nueva actividad no sea la misma o similar a la que causó la incapacidad. Por otro lado, la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez son más restrictivas, aunque existen excepciones en situaciones muy específicas y limitadas.

Para cualquier duda o situación particular, es fundamental consultar con un abogado especializado en derecho laboral y seguridad social, que pueda ofrecer asesoramiento personalizado y actualizado según las últimas interpretaciones del Tribunal Supremo.

Declaración de la Renta 2023: novedades y fechas importantes en la campaña de este año

La campaña de la Renta 2023 arrancó ayer 3 de abril, trayendo consigo algunas novedades en las deducciones. ¿Quieres conocerlas? Antes de aceptar el borrador de Hacienda, te recomendamos revisar bien la declaración para evitar multas y sorpresas de última hora. 

Aquí te dejamos un resumen de todo lo que necesitas saber sobre la Renta 2023. Ten en cuenta que para esta campaña la Agencia Tributaria ha hecho una serie de cambios que detallamos a continuación. No obstante, puedes encontrar más detalles en la página web de la agencia Tributaria.

Fechas importantes que debes tener en cuenta

Estas son las fechas más relevantes de la campaña de la declaración de la renta 2023 para presentar este 2024:

  • Inicio de la Declaración (online): 3 de abril.
  • Cita telefónica: disponible desde el 29 de abril, activa a partir del 7 de mayo.
  • Cita presencial: disponible desde el 29 de mayo, activa a partir del 3 de junio.
  • Fin de la campaña: el 1 de julio.

¿Quién tiene la obligación de declarar?

Debes presentar la declaración si eres una persona física y tus ingresos por trabajo superan los 22.000 euros al año con un solo pagador, o más de 15.000 euros al año con dos o más pagadores, siempre que los pagos del segundo y siguientes sean más de 1.500 euros. 

A partir de la campaña de la renta 2024, todos los trabajadores autónomos y por cuenta propia deben presentar la declaración, sin importar cuánto ganen o cuánto tiempo hayan estado dados de alta.

¿Por qué debes revisar el borrador?

Es importante revisar el borrador proporcionado por la Agencia Tributaria para asegurarse de que todos los datos sean precisos y agregar cualquier información que falte. La responsabilidad de aceptar el borrador recae únicamente en el declarante, quien podría ser sancionado por errores u omisiones en el mismo. 

Por lo tanto, si tienes dudas sobre la declaración, es recomendable buscar el asesoramiento adecuado. 

Novedades relevantes sobre la campaña de la Renta 2023

Veamos a continuación las novedades de este año:

1. Rendimientos del trabajo

Como hemos mencionado más arriba, para quienes tienen dos o más empleadores, el mínimo de ingresos sin necesidad de declaración se eleva a 15.000 euros, siempre que los ingresos del segundo y siguientes empleadores superen los 1.500 euros.

Las retenciones sobre ingresos de obras literarias, artísticas, científicas y propiedad intelectual se reducen al 7%.

La cantidad que la empresa puede otorgar al empleado por gastos de viaje se aumenta a 0,26 euros por kilómetro recorrido, y los gastos de peaje y estacionamiento justificados quedan exentos de impuestos.

Los trabajadores de empresas extranjeras pueden estar exentos de hasta 60.100 euros de ingresos obtenidos en el extranjero, siempre que exista un impuesto similar en el país donde se realiza el trabajo o un acuerdo con España para evitar la doble imposición.

Se aumenta el máximo de reducción de impuestos por ingresos del trabajo a 6.498 euros al año, y el umbral de ingresos netos que califican para esta reducción se eleva a 19.747,5 euros.

Se ajustan los tipos impositivos para el ahorro. Ahora hay dos nuevos tramos: del 27% para ingresos entre 200.000 y 300.000 euros, y del 28% para ingresos superiores a 300.000 euros (anteriormente era del 26%).

2. Deducciones y exenciones

Se introducen nuevas deducciones por maternidad, obras de eficiencia energética, coches eléctricos, entre otras. Veamos todo más detallado:

  • Las madres pueden recibir una deducción de 1.200 euros por cada hijo menor de 3 años, sin importar si trabajan o reciben prestaciones por desempleo.
  • El límite de reducción para las contribuciones a planes de pensiones de la empresa se incrementa a 8.500 euros.
  • Se extiende hasta 2024 el plazo para deducir los costos de mejoras de eficiencia energética en viviendas. Esto significa que en la declaración actual puedes deducir los gastos realizados en 2023, y en la próxima declaración, los gastos de 2024. Las deducciones varían según el tipo de mejora y van desde el 20% al 60%.
  • Se prorrogan hasta 2024 las deducciones por la compra de coches eléctricos y la instalación de puntos de recarga. Esto significa que puedes deducir los gastos incurridos en 2023 en la declaración actual y en 2024 en la próxima. Las deducciones son del 15% del precio del coche y del 15% del costo de instalación del punto de carga, con límites máximos establecidos.
  • Se incrementa la deducción por donativos, con un 80% para los primeros 250 euros y un 45% para el resto.
  • Se aumenta la deducción por inversión en empresas emergentes hasta el 50%, con un máximo de 100.000 euros.
  • Se introduce una nueva exención para los rendimientos del trabajo derivados de la entrega de acciones o participaciones de empresas emergentes a sus empleados, con un máximo de 50.000 euros.
  • Las ayudas otorgadas a los agricultores que implementen prácticas medioambientales quedan exentas de impuestos.

3. Trabajadores autónomos

Estas son las novedades para autónomos y trabajadores por cuenta propia para la campaña de la Renta 2023:

  • Se introduce un nuevo sistema que considerará los ingresos reales, lo que ayudará a una tributación más precisa.
  • Todos aquellos que estuvieron dados de alta en 2023 deben presentar la declaración de la renta, independientemente de si cumplieron con los ingresos mínimos requeridos y del tiempo que estuvieron dados de alta.
  • Se incrementa la reducción de los gastos de difícil justificación al 7%, con un límite máximo de 2.000 euros.
  • La reducción del rendimiento neto para los contribuyentes que tributan por estimación objetiva se eleva al 10%.
  • Si trabajas desde casa, la deducción de los gastos de suministros relacionados con la actividad laboral aumenta al 30%.
  • Se permite la amortización libre para las inversiones que utilicen energía de fuentes renovables, lo que brinda más flexibilidad en la tributación de este tipo de inversiones.

4. Deducciones y reducciones por hijos

La deducción por hijos permite a los padres deducir una cantidad de dinero en su declaración de impuestos. Esta cantidad varía según el número de hijos que tengan, oscilando entre 2.400 y 4.500 euros por cada hijo. Además, si el hijo tiene menos de 3 años o una discapacidad, esta deducción puede aumentar significativamente, llegando hasta los 9.000 euros.

Por otro lado, la deducción por familia numerosa está destinada a los padres que tienen tres o cuatro hijos, así como a los padres solteros con dos o más hijos. Esta deducción tiene un límite máximo de 1.200 euros al año. Sin embargo, si la familia tiene cinco o más hijos o alguno de los hijos tiene una discapacidad, la cantidad de la deducción puede ser mayor.

Sin duda, prepararse adecuadamente para la declaración de la renta puede ayudar a evitar errores costosos y garantizar que se aprovechen todas las deducciones y beneficios disponibles. ¿Necesitas asesoramiento sobre este tema? Contáctanos ahora para resolver cualquier duda sobre la campaña de la Renta 2023.

Nueva ley de protección del menor frente al alcohol

La ministra de Sanidad, Mónica García, anunció el pasado 26 de enero un Anteproyecto de Ley destinado a la protección del menor frente al alcohol, durante su primera comparecencia a petición del Congreso de los Diputados.

Esta iniciativa busca un cambio cultural que transforme la percepción del riesgo asociado a las bebidas alcohólicas, especialmente entre los jóvenes. Con el foco puesto en abordar este desafío, García también incluirá en la legislación la protección de las mujeres embarazadas.

Antecedentes y enfoque integral sobre la protección del menor frente al alcohol

En su primera comparecencia en el Congreso, García reveló que este proyecto retoma la idea planteada en 2018 por sus predecesores, pero ahora con un enfoque más integral. 

La ley no solo abordará el consumo de alcohol entre los menores, sino que también armonizará las regulaciones sobre publicidad, venta y consumo de alcohol a nivel nacional, autonómico y municipal.

La ministra señaló que el Anteproyecto de Ley busca mejorar la normativa actual, que se ha revelado insuficiente para afrontar el problema del consumo de alcohol en menores. Se incorporarán perspectivas de salud pública y consideraciones comerciales de salud para ofrecer una legislación más efectiva y completa.

Datos reveladores: más del 70% de jóvenes consumen alcohol

García respalda su propuesta con datos alarmantes de la encuesta ESTUDES del año 2023, que revela que más del 70% de jóvenes entre 14 y 18 años consumieron alcohol en los últimos 12 meses. 

Asimismo, más de la mitad lo consumió en los últimos 30 días, subrayando la urgencia de abordar este problema de manera efectiva y reforzar la protección del menor frente al alcohol.

Compromiso con la protección integral de la infancia y la juventud

El Anteproyecto de Ley establecerá la obligación de incorporar en el ordenamiento jurídico los compromisos adquiridos por España en la protección integral de la infancia y la juventud. Además, pretende unificar las regulaciones existentes en todo el país sobre el consumo, venta y publicidad de bebidas alcohólicas entre menores.

Por lo que la nueva legislación incluirá herramientas dirigidas a la prevención del consumo de alcohol desde el ámbito educativo y familiar, así como también buscará definir claramente el papel de los sectores sanitarios y de servicios sociales en este esfuerzo conjunto. 

La intención es construir una base sólida que aborde la raíz del problema y fomente hábitos saludables desde edades tempranas.

Promoción de entornos saludables y alternativas sin alcohol

El borrador de la ley también destaca la importancia de promover entornos saludables y alternativas de ocio libres de bebidas alcohólicas para fortalecer la protección del menor frente al alcohol. 

Buscará no solo restringir el acceso al alcohol, sino también fomentar actividades y lugares que no dependan de su consumo. 

La idea es crear una cultura que vea las opciones sin alcohol como igualmente atractivas y satisfactorias.

Finalmente, la nueva ley aspira a involucrar a toda la sociedad en la prevención del consumo de bebidas alcohólicas por parte de los menores. Reconociendo que este es un problema que afecta a la sociedad en su conjunto, se busca un compromiso colectivo para crear un entorno seguro y saludable para las nuevas generaciones.

Priorización de la atención primaria y la protección del menor frente al alcohol

Durante su comparecencia, la ministra anunció la convocatoria el próximo viernes 9 de febrero de un Consejo Interterritorial monográfico sobre la atención primaria. 

El departamento propone la creación de una Comisión de atención primaria para fortalecer el papel de la atención primaria entre las autonomías y el ministerio. 

Esta comisión facilitará la adopción de medidas conjuntas y el intercambio de buenas prácticas, contribuyendo así a un sistema de salud más eficiente y coordinado.

En definitiva, con un enfoque que va más allá de las restricciones, la legislación propuesta busca transformar la cultura del riesgo del alcohol, promoviendo hábitos saludables y asegurando un futuro más seguro para las futuras generaciones.

New Law: qué es y en qué se diferencia del modelo tradicional

¿Has oído hablar del New Law? Este término representa la transformación del sector legal, marcada por la innovación y la incorporación de nuevos modelos y herramientas digitales. Pero, más allá de la tecnología, el epicentro de esta revolución sigue siendo el cliente. ¿Te gustaría saber más?

A continuación, en este post, nos adentraremos en este nuevo concepto, una alternativa a lo convencional, conocido como Old Law o Big Law. Veremos qué es el New Law y qué características presenta, así como algunas diferentes que destacan con el sistema tradicional. 

¿Qué significa New Law?

New Law representa una revolución en la esfera legal, fusionando tecnología y estrategias innovadoras. Este término engloba la transformación radical en los servicios legales, priorizando la eficiencia, agilidad y adaptabilidad. 

En otras palabras, se trata de una evolución disruptiva, abriendo puertas a la digitalización, automatización y personalización en la asesoría legal. New Law reconfigura el panorama jurídico, introduciendo modelos alternativos y soluciones centradas en el cliente. 

La convergencia entre legalidad y tecnología crea una nueva dinámica, simplificando procesos, reduciendo costos y promoviendo la competitividad empresarial. Este enfoque, sin duda, abraza la innovación, marcando el camino hacia una práctica legal moderna y eficaz.

Características principales que definen al modelo New Law

Estas son las características principales que definen al modelo New Law para que entendamos mejor este concepto:

1. Utilización de tecnología en la práctica legal

Las firmas legales adaptadas al New Law se sumergen en la digitalización, empleando la tecnología en múltiples niveles para agilizar las labores diarias y aumentar la eficiencia.

2. Flexibilidad en el entorno laboral

Con la adopción del New Law y el aprovechamiento de la tecnología, los profesionales del derecho pueden trabajar desde cualquier parte del mundo, solo necesitando conexión a Internet. Esta conexión brinda acceso a documentos, legislaciones relevantes y actualizaciones de procesos legales.

3. Personalización de herramientas

Las herramientas del New Law son adaptables, permitiendo a cada abogado emplearlas de forma óptima. Esto fomenta el crecimiento profesional y mejora la colaboración dentro del equipo.

4. Servicio al cliente a medida

La implementación del New Law en servicios legales busca simplificar el trabajo del abogado, beneficiando al cliente con un servicio personalizado. 

El objetivo es resolver las problemáticas del cliente ágilmente, agilizando los procedimientos legales para ofrecer soluciones rápidas y personalizadas.

5. El reconocimiento del trabajo multidisciplinario

Las firmas legales de New Law valoran no solo la labor de los abogados, tradicionalmente vinculados a la facturación, sino que integran una diversidad de profesionales, desde informáticos hasta administrativos y especialistas en marketing. Se aprecia y comprende que su contribución permite a los abogados trabajar con los clientes y generar facturación.

Este enfoque contrasta con el modelo del Big Law, donde solo se considera a los abogados como socios, sin reconocer que el trabajo de otros departamentos es esencial. Y es que, sin la labor de estas áreas, los abogados no podrían atender las necesidades de los clientes de manera efectiva.

¿Qué herramientas digitales se usan en el New Law?

En primer lugar, hay que tener en cuenta que la transformación digital es la base de todo esto. Y, a su vez, esto trae consigo una mentalidad renovada y procesos simplificados para optimizar eficiencias y minimizar pérdidas.

Pero, ahora bien, ¿puede un despacho adaptarse a la tecnología sin un cambio de mentalidad? Es posible, pero conlleva costos, ya que el personal puede no adaptarse al cambio, generando procesos burocráticos más complejos con la introducción de aplicaciones adicionales.

El abanico de opciones de software para abogados es amplio y destacan herramientas de automatización para la gestión legal básica, aumentando así la productividad y la motivación del equipo.

Por otro lado, las herramientas que permiten monitorear juicios y procesos de forma remota son otro recurso con alta demandada, reduciendo el tiempo de gestión.

En definitiva, se busca flexibilizar el trabajo del abogado para ofrecer a los clientes un servicio distintivo. El New Law va más allá de una moda; representa, sin duda, una nueva era en el sector legal.

Diferencias entre el New Law y el sistema tradicional

Las diferencias clave entre las firmas New Law y las tradicionales se resumen en tres puntos esenciales:

  • Adopción de tecnología: New Law destaca por su uso avanzado de la tecnología.
  • Flexibilidad en el trabajo: las firmas New Law tienden a ser más flexibles en sus métodos de trabajo.
  • Nuevos modelos de pago: la tarificación de los servicios legales es un aspecto innovador introducido por las firmas New Law.

En cuanto a la tarificación en el New Law, se ha convertido en una alternativa de pago muy popular. Este enfoque, adoptado por la mayoría de las firmas de servicios legales alternativos, representa una forma diferente de cobrar.

Los clientes prefieren estas alternativas, ya que las consideran más justas y adecuadas que el método tradicional de cobro por horas de trabajo. Este cambio ofrece a los clientes mayor simplicidad en el proceso administrativo y un costo final más transparente.

Práctica Legal integra a Fis Diagonal en su negocio

En Práctica Legal cerramos este 2023 con la expansión en Barcelona tras la reciente integración de Fis Diagonal a nuestro negocio.

Nuestros socios, Óscar Sánchez Rubira y Jacint Boixasa, han sido quienes han liderado esta operación con el fin de ampliar nuestra área de gestión, en la que se desarrollan las tareas de asesoramiento fiscal y contable. Este paso se da en consonancia con el resto de áreas de Práctica Legal que se desarrollan en Barcelona: la de servicios jurídicos y la de finanzas corporativas.

Fis Diagonal es una firma catalana fundada en 1998 y dirigida por Jaime Puig de la Capilla que se dedica, precisamente, a la asesoría fiscal y contable y que es el impulso perfecto para dichos departamentos de nuestra empresa.

La fusión ha consistido en la adquisición de la cartera de clientes de Fis Diagonal por parte de Práctica Legal, y de la incorporación de su equipo de cinco profesionales a nuestro despacho en Barcelona.

El equipo profesional de Práctica Legal, al recapitular estos últimos 12 meses, concluye en un balance muy positivo. Además, cerramos el año con orgullo por los servicios prestados en consultoría, procedimientos de todo tipo en el ámbito legal, y en todas las áreas del derecho, asesoría/consultoría y Global Corporate; tanto en España como en Portugal y Guartemala tanto a clientes particulares como a pymes y multinacionales.

Obligaciones y derechos con la fianza en un alquiler

¿Sabías que la fianza del alquiler es mucho más que un simple depósito? Detrás de esta suma de dinero se esconden derechos, responsabilidades y posibles disputas al finalizar un contrato de arrendamiento. 

Por ello, en este artículo vamos a contarte todo lo que necesitas saber sobre esta garantía, que puede convertirse en un campo de batalla legal entre arrendador e inquilino. 

¿Para qué sirve la fianza del alquiler?

En palabras simples, la fianza del alquiler es como un seguro para el propietario y el inquilino. Para el dueño o arrendador, es una protección en caso de daños o pagos atrasados. Si hay desperfectos al finalizar el contrato, se usará parte de la fianza para repararlos. 

Para el inquilino o arrendatario, es una muestra de compromiso y al final del contrato, si todo está en orden, recupera ese dinero. Es una especie de garantía que asegura que ambas partes cumplan con lo acordado en el contrato de alquiler, protegiendo así los intereses tanto del arrendador como del arrendatario.

Diferencias entre fianza del alquiler y garantías complementarias

La fianza del alquiler, recogida en el artículo 36 LAU, y las garantías complementarias son dos formas de protección, pero tienen sus diferencias. 

La fianza es obligatoria. Se debe depositar este pago en el organismo público de vivienda de la Comunidad Autónoma en la que se resida y se usa para cubrir posibles desperfectos o impagos al finalizar el contrato. Es como un depósito de seguridad. 

En algunas regiones, como Cantabria, La Rioja, Navarra y Asturias, ya no se requiere que el inquilino deposite la fianza obligatoria establecida por el artículo 36 de la LAU. En estas áreas, el arrendador retiene este importe y debe devolverlo al finalizar el contrato. 

Según la ley, la fianza para viviendas no puede superar una mensualidad de renta, dos para locales. Sin embargo, se pueden acordar otras garantías en el contrato de alquiler, con límites específicos según la duración. La última modificación de la Ley de arrendamientos urbanos establece un máximo de dos mensualidades adicionales para contratos de hasta cinco años en viviendas.

En este sentido, las garantías complementarias son adicionales y pueden ser seguros de alquiler o avales bancarios. Estas ofrecen una capa extra de protección, pero no hay que depositarla en ningún organismo oficial ni en todos los contratos las requieren. 

Ambas buscan resguardar al propietario, aunque la fianza es más común y obligatoria, mientras que las garantías complementarias son opcionales y adicionales para asegurar un arrendamiento más sólido.

¿Qué hace el propietario con la fianza? Derechos del arrendador

El propietario usa la fianza para asegurarse contra posibles daños o impagos al finalizar el contrato de alquiler. Si hay desperfectos, puede emplear parte o la totalidad de la fianza para reparaciones. También puede retenerla si hay rentas pendientes o incumplimientos por parte del inquilino. 

Sin embargo, debe justificar cualquier retención, mostrando pruebas de los daños o deudas. Al finalizar el arrendamiento, si no hay problemas, debe devolver la fianza al inquilino. Es un respaldo que protege al arrendador, pero con la obligación de usarla correctamente y siguiendo las normativas legales del contrato de arrendamiento.

Obligaciones del arrendatario

El inquilino tiene responsabilidades importantes en el contrato de alquiler. Debe pagar puntualmente la renta acordada, cuidar la propiedad y realizar reparaciones menores. 

Al finalizar el contrato, debe entregar la propiedad en el mismo estado en que la recibió, salvo desgaste natural. Si hay desperfectos, debe asumir los costes de reparación o reposición. Además, debe respetar las normas de convivencia y uso del espacio. 

La ley protege al arrendador y el incumplimiento puede resultar en la retención de la fianza o acciones legales. Cumplir con estas obligaciones asegura una relación armoniosa y el buen estado de la propiedad.

Procedimientos legales: reclamaciones y devolución de la fianza del alquiler

Al finalizar el contrato de alquiler, la devolución de la fianza es clave. El arrendador debe inspeccionar la propiedad y comparar su estado con el inicial. 

Si está en buenas condiciones, debe devolver la fianza al inquilino. El inquilino debe esperar 30 días desde que dejó la casa para enviar un burofax solicitando el pago de la fianza. Pasado este plazo, se generarán comisiones y podrá acudir al juzgado si el propietario no responde.

Si hay daños o impagos en la vivienda, el dueño puede retener parte o totalidad de la fianza, justificando con pruebas. Ambas partes deben acordar la cantidad a retener, de lo contrario, se pueden iniciar procedimientos legales. 

Si no hay acuerdo sobre la devolución, se puede recurrir a mediación o tribunales. Por su parte, el inquilino puede reclamar si considera injusta la retención de la fianza. 

Recuerda que es crucial documentar el estado inicial y final de la propiedad para respaldar reclamaciones. Seguir los pasos legales y mantener pruebas sólidas es clave para resolver disputas y asegurar una devolución justa de la fianza del alquiler.

Por ello, contar con asesoramiento legal de abogados expertos y especializados en derecho inmobiliario, como Práctica Legal, te garantizará una resolución justa en disputas como esta.

La batalla del Parlamento Europeo por la protección del consumidor digital

En la era digital actual, las prácticas adictivas en Internet son una preocupación actual para el Parlamento.

El scroll infinito, las notificaciones push, la reproducción automática de vídeos, y las limitaciones de disponibilidad de contenido son solo algunas de las estrategias utilizadas por plataformas como YouTube, Netflix, Instagram y WhatsApp para mantener a los usuarios pegados a sus pantallas. 

Estas prácticas no solo son omnipresentes, sino que también se ha demostrado que pueden tener graves consecuencias para la salud mental y física, especialmente en los jóvenes. Problemas como la ansiedad, el estrés, la falta de sueño, la baja autoestima y trastornos alimenticios, son solo algunos ejemplos de los efectos perjudiciales de la adicción a la tecnología.

El Parlamento Europeo solicita una revisión de la normativa para abordar estas prácticas adictivas en Internet

A pesar de estas preocupaciones crecientes, la respuesta legislativa hasta ahora ha sido insuficiente. Por ello, el Parlamento Europeo está dando pasos significativos para abordar este problema emergente. 

El 18 de octubre, el Parlamento Europeo aprobó un proyecto de informe que pide una revisión de la normativa actual para abordar las características adictivas de los servicios digitales.

El Parlamento Europeo critica a las plataformas y empresas tecnológicas que aprovechan las vulnerabilidades psicológicas de los usuarios para diseñar interfaces adictivas con fines comerciales. Y sostienen que su objetivo final no es otro que aumentar el tiempo que los usuarios pasan en línea y recopilar más datos, que son la principal fuente de ingresos para muchos de estos servicios online.

Medidas sugeridas por el Parlamento para combatir este problema

El Parlamento reconoce que la legislación actual, como el Reglamento de Servicios Digitales y la Ley de Inteligencia Artificial, no aborda adecuadamente el problema del diseño adictivo en línea

Por lo tanto, sugiere una serie de medidas para combatir este problema, entre las que se incluyen:

  • Revisión de la directiva sobre prácticas comerciales desleales: esta revisión introduciría el concepto de «asimetría digital» para abordar la explotación de vulnerabilidades psicológicas de los usuarios.
  • Derecho a no ser molestado: se propone un nuevo derecho que protegería a los usuarios de la manipulación constante de las plataformas, como las notificaciones push.
  • Desactivación por defecto de funciones de captación de atención: las funciones diseñadas para mantener a los usuarios en línea, como las notificaciones push, se desactivarían por defecto, y se incluirían advertencias sobre los peligros potenciales de estas funciones.
  • Inversión de la carga de la prueba: si se sospecha que un servicio en línea es adictivo, la carga de la prueba recaería en el proveedor de servicios.
  • Productos y servicios digitales éticos: se impondría la obligación de desarrollar productos y servicios digitales libres de diseño adictivo y dark patterns, que son técnicas de diseño destinadas a influir en las decisiones de los usuarios.
  • Estándares de seguridad en el diseño: los productos y servicios digitales deberían cumplir con estándares de seguridad desde su concepción, similar al enfoque de protección de datos desde el diseño, incluidos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

La normativa vigente

Aunque estas medidas son prometedoras, mientras se espera una regulación más específica, ya existen regulaciones vigentes que pueden ayudar a abordar algunas de las prácticas adictivas en Internet. 

  1. La directiva sobre prácticas comerciales desleales, por ejemplo, prohíbe prácticas que alteren el comportamiento económico de los consumidores y acciones engañosas
  2. Además, el Reglamento de Servicios Digitales exige que los proveedores de plataformas en línea no diseñen interfaces engañosas o manipuladoras.

La Comisión Europea ahora debe evaluar si se requieren normas más específicas para abordar los diseños adictivos en productos y servicios digitales. 

Esta iniciativa del Parlamento Europeo es un paso importante hacia la protección de los consumidores en el mundo digital y la regulación de prácticas que pueden tener un impacto negativo en la salud y el bienestar de las personas. 

Es indudable que la adicción a la tecnología es un problema real y significativo que merece plena atención. Por su parte, la Unión Europea ya está tomando cartas en el asunto y está solicitando cambios en la normativa actual, puesto que considera que hay lagunas relacionadas con las características adictivas de los servicios digitales.

El Supremo reconoce a las parejas de hecho el acceso al título de familia numerosa

Recientemente, el Tribunal Supremo de España ha emitido un fallo histórico que equipara a las parejas de hecho con los matrimonios, en lo que respecta a ser reconocidos como familias numerosas. 

Esta decisión representa un cambio significativo en la legislación y tiene un impacto directo en las parejas de hecho que tienen tres o más hijos. 

En este artículo, analizaremos en detalle este cambio de paradigma legal y lo que implica para las familias numerosas en España.

Familias numerosas: ¿qué implica esto en España?

Antes de profundizar en la decisión del Tribunal Supremo, es esencial comprender qué implica ser considerado una familia numerosa y por qué este reconocimiento es tan importante. En España, según datos del Ministerio de Derechos Sociales, hay más de 795.000 familias numerosas reconocidas. 

Estas familias reciben diversos beneficios en áreas fiscales y administrativas, como el bono social en las facturas de electricidad y gas, el cheque familiar y deducciones en la declaración de la renta que varían según la comunidad autónoma. También existen posibles deducciones, como en el caso de Asturias, relacionadas con los gastos en material escolar.

El Tribunal examina el caso de una pareja de hecho y padres de tres hijos comunes

El caso que llevó a esta decisión del Tribunal Supremo involucra a una pareja de Sevilla que tiene 3 hijos y que se encontraba inscrita como pareja de hecho. La pareja solicitó ser reconocida como familia numerosa, lo que les otorgaría acceso a los beneficios mencionados anteriormente. 

Sin embargo, se les concedió el título de «categoría general», pero la mujer no fue reconocida como beneficiaria debido a un requisito de la normativa de 2003 que exigía un «vínculo conyugal» entre los progenitores, que en este caso no existía, ya que eran una pareja de hecho.

Los tribunales, al analizar el caso, respaldaron la solicitud de la pareja, lo que llevó a la Junta de Andalucía a llevar el asunto hasta la sala tercera del Tribunal Supremo. 

Finalmente, el Tribunal Supremo dictaminó que los dos progenitores y sus tres hijos debían ser considerados miembros de una familia numerosa, a pesar de no estar casados. Las autoridades judiciales argumentaron que la ley no puede establecer que los dos progenitores no sean considerados como tales «aun cuando no haya vínculo conyugal, pero esté inscrita la pareja de hecho en un registro de uniones de hecho».

Un cambio de paradigma legal para las familias numerosas en España

Este fallo del Tribunal Supremo sienta un precedente importante y representa un cambio de paradigma legal en lo que respecta a la equiparación de parejas de hecho con matrimonios en cuanto a la consideración de familias numerosas. 

El Tribunal Supremo afirmó que una unión de hecho tiene los mismos efectos jurídicos que un matrimonio, ya que ambos tipos de vínculos comparten un presupuesto común: la existencia de progenitores y tres o más hijos. En consecuencia, ambas configuraciones constituyen una familia numerosa, uniendo a los progenitores mediante dos tipos de vínculos distintos, pero igualmente hábiles desde el punto de vista jurídico.

Este fallo del Tribunal Supremo tiene un alcance significativo y es un paso importante hacia la igualdad legal entre las parejas de hecho y los matrimonios en España. Ahora, las parejas de hecho que tengan tres o más hijos pueden acceder a los mismos beneficios y reconocimientos que las familias numerosas formadas por matrimonios. 

Esta decisión es un claro reflejo de la evolución de la sociedad y de la necesidad de adaptar la legislación para reflejar las realidades familiares contemporáneas.

Sin duda, las familias numerosas se enfrentan a desafíos económicos y financieros significativos, y los beneficios fiscales y administrativos que reciben son fundamentales para aliviar algunas de esas cargas. Por lo tanto, esta decisión del Tribunal Supremo contribuye a la protección y el bienestar de estas familias, así como también esto significa un paso hacia la inclusión y el respeto a todas las formas de unión y crianza de hijos.