Método D’Hondt: qué es, cómo funciona y cómo afecta al reparto de escaños

A raíz de las recientes elecciones (23 J), muchos son a los que les ha surgido dudas sobre el funcionamiento de cómo se reparten los escaños del Parlamento. Pues, el resultado final y la representación electoral dependerán directamente de la ley o método D’Hondt. De esto concretamente trataremos hoy en este artículo.

El Método D’Hondt, creado en 1878 por el jurista y profesor belga Victor D’Hondt, ha sido aplicado en España desde 1977. Este sistema ha sido protagonista en las elecciones generales, pero también en las municipales, autonómicas y en el Parlamento Europeo. 

Su implementación garantiza una distribución proporcional de escaños en los distintos órganos de representación política, lo que permite reflejar de manera más fiel la voluntad del electorado. 

La amplia utilización del Método D’Hondt en diversas instancias electorales destaca su importancia y relevancia en el sistema político español y europeo para asegurar una representatividad adecuada.

Veamos, a continuación, cuál es su funcionamiento y cómo afecta a las votaciones.

¿Qué es la Ley D’Hondt?

La Ley D’Hondt, conocida también como Método D’Hondt, es un sistema de representación proporcional utilizado en numerosos países para el reparto de escaños en asambleas legislativas. 

Este mecanismo matemático se basa en asignar las sillas parlamentarias de manera equitativa según los votos obtenidos por los partidos políticos en las elecciones. 

Su funcionamiento se centra en dividir el número de votos válidos obtenidos por cada partido entre una serie de divisores que incrementan progresivamente. 

Los resultados obtenidos a través de este proceso afectan significativamente la composición del Congreso o Parlamento, asegurando una distribución más proporcional de los representantes.

¿Cómo funciona el Método D’Hondt?

Su funcionamiento se basa en asignar los escaños disponibles de manera proporcional a los votos obtenidos por cada partido político o coalición. 

Para ello, se utiliza una fórmula matemática que divide el número de votos válidos obtenidos por cada partido entre diferentes divisores, seleccionando aquellos con los cocientes más altos para otorgarles los escaños. 

Este proceso favorece a los partidos más votados, dificulta la representación de partidos minoritarios y establece un umbral mínimo de votos para obtener escaños.

¿Hay umbral mínimo de votos para acceder a representación parlamentaria?

Sí, el sistema D’Hondt establece un umbral mínimo de votos para acceder a representación parlamentaria, descartando candidaturas que no alcanzan dicho porcentaje. 

En las elecciones generales, el umbral es del 3%, mientras que en las locales asciende al 5%. Esto significa que los partidos políticos o coaliciones que no logran superar estos umbrales en sus respectivas jurisdicciones no obtienen escaños en el Congreso o Parlamento correspondiente. 

Esta medida busca evitar una fragmentación excesiva y garantizar una representación más eficiente, privilegiando a las fuerzas políticas con mayor respaldo popular para asegurar una gobernabilidad estable y coherente.

Aplicación del Método D’Hondt

Supongamos que en una elección parlamentaria, se reparten un total de 100 escaños y se presentan cuatro partidos: A, B, C y D. Y estos 4 partidos luchan por conseguir los 5 cargos de diputados disponibles. 

A continuación, hay que dividir el número total de votos por los cargos electos que se disputan (1,2,3,4 y 5). Los votos del partido A se dividen por 1,2,3,4,5, así con el partido B y con todos. De todos los resultados, los 5 diputados se asignan a las 5 cifras más altas (porque hay 5 cargos de diputados disponibles). En caso de empate, el escaño irá a la formación más votada.

Por último, recuerda que para tener representación se necesita obtener al menos un 3% del total de los votos. 

¿Tienes dudas sobre la Ley D’Hondt? Escríbenos y nuestro equipo de abogados especializado te responderá todas las preguntas que tengas.

Bono de alquiler joven: Requisitos legales y cómo solicitar la ayuda

La normativa que regula el bono de alquiler joven se encuentra contemplada en el Decreto Real 42/2022, del 18 de enero, que establece las pautas para el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda en el período comprendido entre 2022 y 2025.

Este bono cuenta con una asignación presupuestaria de 200 millones de euros y se estima que más de 70.000 jóvenes puedan beneficiarse de él. Este beneficio consiste en una subvención mensual de 250 euros durante un periodo de dos años destinada al alquiler de vivienda.

Veamos a continuación quién puede solicitarlo legalmente, qué otros requisitos deben cumplirse sobre la renta y cómo solicitar la ayuda.

Si tienes cualquier duda en el ámbito legal, contacta con nosotros aquí para asesorarte y ayudarte en este trámite. 

¿Qué es el bono de alquiler joven?

El Bono Alquiler Joven es un subsidio diseñado para facilitar el alquiler de viviendas a los jóvenes, brindándoles mayor autonomía. 

Esta ayuda mensual, dirigida a personas de entre 18 y 35 años, es una gestión a cargo de cada comunidad autónoma. 

En cuanto a la propia bonificación, consiste en una asignación de 250 euros al mes, con una duración máxima de dos años. Esto significa que, si estás pagando un alquiler, estos 250 euros mensuales deberían hacerlo más asequible, facilitando así el acceso a una vivienda digna en caso de que estés alquilado. 

La ayuda puede llegar a cubrir el 50% del alquiler, o el 30% si este se sitúa entre 601 y 900 euros mensuales.

Requisitos legales para solicitarlo

Para solicitar el bono de alquiler joven, es necesario cumplir con varios requisitos:

  • Edad: debes tener entre 18 y 35 años.
  • Nacionalidad y empadronamiento: debes ser ciudadano español y estar empadronado en la vivienda que hayas recibido en cesión o alquiler, la cual debe encontrarse en la comunidad autónoma donde solicites la ayuda. Además, esta vivienda debe ser tu residencia habitual durante todo el periodo de concesión del subsidio.
  • Titularidad del contrato de arrendamiento: debes ser el titular del contrato de alquiler o poder firmarlo en un plazo máximo de dos meses después de recibir la notificación de aprobación del subsidio. No se permitirá que la vivienda sea alquilada por un familiar o amigo, ni por una de las personas con las que convivas en ella.
  • Ausencia de deudas de alquiler: debes acreditar que no tienes ninguna mensualidad de alquiler pendiente de pago.
  • Fuente de ingresos: debes tener empleo o alguna otra fuente regular de ingresos.
  • Límite de renta: tu renta anual debe ser inferior a 24.318,84 euros para poder solicitar la ayuda.
  • Convivencia y sumatoria de ayudas: si convives con otras personas que también han obtenido el subsidio, la suma total de todas las ayudas no puede superar el importe del alquiler. En caso de que la cantidad de las ayudas sea mayor al costo del alquiler, se reducirá la cantidad que recibas para ajustarse a este límite.
  • Precio del alquiler: existen límites establecidos para el precio del alquiler de la vivienda, inicialmente fijados en 600 euros. Sin embargo, cada comunidad autónoma puede adaptar estos topes según las particularidades de cada localidad, por lo que dependerá de la región donde realices la solicitud.

Recuerda que estos requisitos pueden estar sujetos a cambios y variaciones según la comunidad autónoma en la que solicites la ayuda.

Cómo solicitar el bono de alquiler joven

Las solicitudes se podrán presentar en los departamentos y Consejerías de Vivienda de las comunidades autónomas. Por lo general, tendrás la opción de hacerlo de forma telemática a través de las páginas web específicas de cada comunidad, para lo que necesitarás contar con un certificado digital. 

También podrás acudir en persona a las oficinas gubernamentales de la comunidad autónoma encargadas de los asuntos de vivienda.

A continuación, te proporcionamos los enlaces de información y solicitud del bono alquiler joven en cada Comunidad Autónoma. Estas son las Comunidades que aún tiene el plazo de inscripción abierta:

Otras comunidades como en Andalucía, Ceuta o Cantabria, el plazo de solicitud del bono de alquiler joven ya ha finalizado. 

Si tienes dudas sobre este trámite legal o si no te lo han dado aun cumpliendo los requisitos, ponte en contacto con nosotros aquí para ayudarte.

El Tribunal Supremo impone las costas a la banca por cláusulas abusivas aunque el cliente no las recurra.

El Tribunal Supremo da un paso más en la imposición de costas a la banca cuando se declara nula parte o la totalidad de una o varias cláusulas de un préstamo y señala que también deben imponerse a las entidades aun cuando los consumidores «no hayan interpuesto un recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia por la no imposición de costas».

El alto tribunal, el pasado 20 de abril 2023 ha dictado una sentencia, y en el fallo se recoge la aplicación de criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 16 de julio de 2020 que estableció, que la lucha contra las cláusulas abusivas no conlleve un coste para el consumidor que le disuada de ejercer su legítimo derecho a recuperar lo que como consecuencia de la imposición de aquellas nunca debió pagar.

Así aun cuando no se haya recurrido la no imposición de costas por el juzgado, procede declararlas a favor del consumidor siempre que nos encontremos ante resoluciones judiciales que han reconocido la nulidad de una cláusula por ser abusiva.

Leyes actuales antibullying: ¿qué dice la ley sobre el acoso escolar?

El bullying es un acto de violencia entre personas en edad escolar que puede manifestarse de diversas maneras; por ejemplo: amenazas, ataques físicos y verbales, exclusión y rumores. 

Son muchas las noticias que escuchamos recientemente sobre este tema. De hecho, uno de los últimos casos recientes fue el intento de suicidio de las gemelas de 12 años, que se tiraron por el balcón de su propia casa porque sufrían acoso escolar en el colegio. Una de ellas falleció y la otra está herida de gravedad.

A raíz de esto, nos preguntamos en la actualidad muchas preguntas como estas: ¿podría haber hecho el colegio algo al respecto? ¿Qué papel tienen los testigos que presencian este bullying? ¿Existe protección suficiente ante el acoso escolar?

Veamos, a continuación, qué dice la ley española y cómo debería actuar el colegio ante estos casos.

¿Qué dice la ley antibullying española sobre el acoso en las escuelas?

En este sentido, la ley española ofrece protección a las víctimas de acoso escolar, aunque no se recoge ningún delito específico en el Código Penal. 

Si es menor de edad, se debe aplicar el artículo 8 del Real Decreto 732/1995 del 5 de mayo de 1995 sobre los Derechos y Deberes de los alumnos y normas de convivencia en los centros.

El Real Decreto establece que la Administración educativa y los órganos de dirección del centro docente son responsables de frenar el acoso escolar y garantizar la seguridad de la víctima. 

En casos graves, se debe denunciar frente a las autoridades pertinentes. Si el agresor es menor de 14 años, la Fiscalía de Protección de Menores es quien debe buscar una solución. En el caso de tener entre 14 y 17 años, ambos incluidos, se recurre a la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor (LORPM).

¿Qué pasa si el niño es mayor de edad? El acoso escolar se comprende dentro del delito degradante (art. 173.1 del Código Penal).

¿Cómo debería actuar un colegio frente a cualquier indicio de acoso?

En cada comunidad se recomienda redactar un protocolo para sancionar y corregir casos de acoso escolar en los centros educativos.

Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, la Consejería de Educación y Empleo, ha redactado un protocolo en los centros docentes no universitarios para abordar este tipo de situaciones en cada centro.

Este protocolo incluye un informe donde se recomienda una serie de pasos sobre qué se debería hacer ante estos casos:

  • Conocer el contexto para identificar rápido si es una situación de acoso y cuál es la gravedad del asunto.
  • Observar más y estar en alerta. En caso de detectarlo, comunicarlo a la dirección cuanto antes.
  • Definir medidas se seguridad para la víctima y advertir al agresor de la gravedad de lo que ha hecho.
  • Comunicar a las familias de los niños implicados en lo sucedido, informar de las medidas que el centro va a tomar y pedirles apoyo.
  • El centro debe considerarlo como una falta grave y se debería aplicar la corrección disciplinaria expuesta en el Decreto 15/2007.
  • Los agresores deben reconocer el daño y repararlo.
  • En casos extremos, hay que avisar a Protección de Menores.
  • Hacer un seguimiento de las medidas (en el agresor y en la víctima) y redactar una propuesta de mejora.
  • Reportar el número de incidencias durante el curso y de faltas, y tomar medidas preventivas para mejorar la convivencia en el colegio.

En definitiva, este informe pauta una serie de recomendaciones sobre cómo actuar en estas situaciones, desde conocer el concepto para identificar rápidamente una situación de acoso hasta establecer medidas de seguridad para la víctima y comunicar a las familias las medidas tomadas.

Otras medidas

No obstante, todos los esfuerzos deberían centrarse también en crear un plan de educación basado en el respeto y la tolerancia (Plan de Convivencia), y sobre todo prestar atención máxima a lo que pasa en el centro. Ten en cuenta que la mayoría de las veces, el acoso es mayor fuera del centro (o a través de Internet, ciberbullying).

Además, desde este curso (2022-2023) y como consecuencia de la entrada a vigor de la Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio, de protección a la infancia y adolescencia frente a la violencia, en todos los centros (públicos o privados) donde hay menores, debe existir la figura de Coordinador de Bienestar y Protección al alumno. 

Esta figura no solo debe velar por prevenir e intervenir en situaciones de acosos escolar, sino que su labor además es asegurarse de que se implementen los planes de protocolos de actuación necesarios, escuchar a los menores y comunicar las situaciones de riesgo lo más rápido posible.

Si tienes dudas o necesitas asesoramiento legal sobre las leyes antibullying actuales, escríbenos para resolver todas tus dudas y empezar a tomar medidas si fuese necesario.

La primera IA que defiende como abogado a un acusado en un juicio estadounidense

DoNotPay será el primer robot abogado que defenderá a un acusado en un juicio de Estados Unidos el próximo mes; un robot creado por Joshua Browder, que ha ayudado a cerca de dos millones de usuarios a resolver sus problemas.

Asimismo, se trata de un caso polémico y pionero debido a que el uso de tecnología en los juicios está prohibido.

Hasta el momento, el robot DoNotPay se ha utilizado para casos leves relacionados con multas de aparcamiento, demandas de robos, recurrir a comisiones bancarias, entre otras.

Pero ahora, por primera vez, pasará a tomar acción en directo en un juicio real relacionado con una multa de tráfico. Y si pierden, desde la compañía explican que cubrirán los costes.

¿Cómo se comunicará la IA con el acusado?

La IA necesita unos auriculares y que el abogado humano repita lo que le diga la IA. ¿Cuál es el problema? En líneas generales, el uso de comunicaciones externas está prohibido en gran parte de los tribunales.

Sin embargo, hay excepciones. Algunas cortes sí permiten ayudas de bluetooth (se habla de dos cortes donde consideran esta opción legal) y ahí es donde Browder ve una oportunidad.

Por el momento, Browder no ha dicho nada más, para evitar que el caso se anule o se bloquee antes de efectuarse.

La compañía ofrece 1 millón de dólares al abogado que acepte el experimento en un caso más complejo

Además del juicio al que va a asistir DoNotPay en febrero de 2023, también ofrecen un millón de euros al abogado que acepte el experimento de usar la IA en el Tribunal Supremo de Estados Unidos en un caso más complejo (que el de una multa de tráfico).

¿Serán en un futuro reemplazados los abogados por robots?

Según Browder, hay muchos abogados que están cobrando mucho dinero por el mero hecho de copiar y pegar documentos. Y en este trabajo repetitivo, como los de las multas de tráfico, muchos argumentos se pueden replicar. Y es donde la IA puede tomar un papel relevante.

En su contra, muchos abogados, como era de esperar, no ven con buenos ojo esta tecnología porque ven peligrar su trabajo. Y acusan a la compañía de que sus comunicaciones no están amparadas en el secreto profesional.

¿Está abierta la justicia europea al uso de la IA?

Por un lado, la IA plantea algunas dudas a la justicia europea en relación con:

  • La privacidad de los testigos y el acceso a las conversaciones.
  • El secreto profesional de los juicios se ve amenazado por el uso de esta tecnología.

No obstante, la justicia europea se muestra abierta a usar la IA en juicios porque la ven como una ayuda asistencial, que integra algoritmos predictivos y es capaz de hacer análisis de argumentos para resolver disputas online con la ayuda de herramientas.

En Estonia, por ejemplo, es normal que en los juicios se usen argumentos de terceros, utilizando un archivo online. Por lo que algunos abogados piensan que contar con esta IA puede ser de gran ayuda y creen que no falta mucho para que se implante en su país.

Moratoria para la disolución de la sociedad por pérdidas de los ejercicios 2021 y 2022

El Real Decreto-Ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra en
Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, publicado en el BOE el miércoles 28 de diciembre, ha prorrogado la moratoria contable por la que no se computan las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021, hasta el cierre del ejercicio del año 2024, a efectos de la obligación de convocar la Junta General de socios en el plazo de dos meses en el caso de que el patrimonio neto de la sociedad quede reducido a una cantidad inferior al cincuenta por ciento de su capital social, con objeto de adoptar los acuerdos necesarios para recuperar el equilibrio patrimonial o, en su defecto, iniciar el proceso de disolución y liquidación de la compañía.

El artículo 65 del Real Decreto-Ley dice lo siguiente:

ARTÍCULO 65. MODIFICACIÓN DE LA LEY 3/2020, DE 18 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS PROCESALES Y ORGANIZATIVAS PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Se modifica  apartado 1 del artículo 13 , que queda redactado en los siguientes términos: «1. A los solos efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución prevista en el  artículo 363.1.e) del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (EDL 2010/112805) , no se tomarán en consideración las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 hasta el cierre del ejercicio que se inicie en el año 2024.

Si, excluidas las pérdidas de los años 2020 y 2021 en los términos señalados en el apartado anterior, en el resultado del ejercicio 2022, 2023 o 2024 se apreciaran pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social,
deberá convocarse por los administradores o podrá solicitarse por cualquier socio en el plazo de dos meses a contar desde el cierre del ejercicio conforme al artículo 365 de la citada Ley, la celebración de Junta para proceder a la disolución de la sociedad, a no ser que se aumente o reduzca el capital en la medida suficiente.»

La moratoria no afecta, sin embargo a las pérdidas contabilizadas en los ejercicios de 2022, 2023 o 2024, una vez deducidas las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021.

Tribunal Constitucional

Sentencia 147/2022, de 29 de diciembre, de la Sala Primera del Tribunal Constitucional

La reciente sentencia 147/2022, de 29 de diciembre, de la Sala Primera del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso promovido por una empresa que había dejado transcurrir el plazo legal sin acceder a la dirección electrónica habilitada a la que la Agencia Tributaria había enviado la notificación de inicio de procedimiento de gestión tributaria de comprobación limitada de IVA y de requerimiento para que aportase la documentación que en la propia notificación electrónica se relacionaba.

Por consecuencia de haber dejado transcurrir el pazo correspondiente sin acceder a la dirección electrónica, la empresa no tuvo conocimiento del inicio del procedimiento de gestión tributaria ni del requerimiento de documentación, dejando transcurrir los plazos sin aportar documento alguno.

Constatando que la actuación llevada a cabo por la Agencia Tributaria no incumplió la regulación en su momento vigente en materia de notificaciones electrónicas, puesto que la mercantil demandante de amparo estaba obligada a recibir las comunicaciones por esa vía electrónica, insiste sin embargo en el hecho de que la Agencia Tributaria supo que la interesada no tuvo conocimiento del requerimiento del que fue objeto por vía electrónica; y sin embargo, no empleó formas alternativas de comunicación, a fin de advertirla del procedimiento de comprobación limitada que había iniciado y de la documentación contable que recababa, de suerte que la liquidación provisional finalmente practicada no tuvo en cuenta la eventual incidencia de los datos que los libros y las facturas solicitados pudieran contener. Y al desconocer el objeto de las notificaciones que se remitieron a su
dirección electrónica habilitada, la empresa tampoco pudo impugnar temporáreamente, incluso en sede judicial, la liquidación provisional finalmente practicada, lo que redundó en detrimento de su derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 CE, aún cuando el procedimiento seguido por la administración tributaria no tuviera carácter sancionador.

Estableciendo la siguiente doctrina: a saber, que ante “lo infructuoso de las comunicaciones practicadas por vía electrónica, la administración debería haber desplegado una conducta tendente a lograr que las mismas llegaran al efectivo conocimiento del [a] interesado [a], pues a ello viene obligada conforme a la síntesis doctrinal expuesta”.

https://hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/29153

Imagen Post Nulo Provecho Hacienda

Hacienda no perseguirá deudas de menos de tres euros

Según una resolución de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Tributaria, las deudas con la Hacienda Pública inferiores a 3 euros a partir del 1 de junio de 2022 quedarán anuladas y se darán de baja de la contabilidad.

En la resolución, que se aplicará a los 15 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (desde el 30 de noviembre), se acuerda la anulación de aquellas liquidaciones en las que resulte una deuda pendiente de recaudar por una cantidad inferior a 3 euros. 

¿Por qué está perdonando la Hacienda Pública esa cantidad de dinero?

Asimismo, se ha estipulado que no se va a continuar la gestión recaudatoria por “motivos estrictamente económicos”, debido a que el esfuerzo que se exige para tratar de cobrar esas deudas no compensa con la recaudación que se puede obtener. Ese esfuerzo monetario determina la decisión de cancelar esa deuda. 

Por otro lado, además de no tener que devolver ese dinero quien se encuentre en deuda con Hacienda por esa cantidad inferior a 3 euros, el expediente se eliminará de su historial. 

¿Cuál es el objetivo de Hacienda?

El objetivo de la Intervención del Estado y la Agencia Tributaria es evitar actuaciones recaudatorias que presuponga un nulo provecho para la Hacienda Pública o para el cumplimiento de los fines encomendados a la Administración Pública.

En este caso, se hace referencia a liquidaciones cuya exigencia de pagos genera unos costes superiores a los recursos que pueden derivarse de esas liquidaciones.

Por todo ello, en la resolución se acuerda lo siguiente:

Se anularán y se darán de baja en contabilidad todas las liquidaciones que vengan de recursos de derecho público de la Hacienda Pública Estatal recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desde donde se haya generado una deuda pendiente de recaudar por una cantidad inferior a 3 euros.

Imagen Post ley memoria democrática

Ley de memoria democrática

El pasado viernes 21 de octubre entró en vigor la nueva ley de memoria democrática, tras aprobarse 15 días antes por el Senado. Esta Ley derogará la de Memoria Histórica, aprobada durante el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero. 

Entre su principal objetivo se encuentra cerrar de una vez por todas el daño causado a las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista.

Según el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, esta ley se centra en las personas, en aquellas que siguen buscando en fosas comunes los restos de sus seres queridos; esas que nacieron en el exilio, las que se atrevieron a pensar diferente, a amar distinto o a luchar por la libertad. 

Además, Bolaños hace hincapié en que “la memoria es nuestra identidad”; y hace referencia a aquellas personas que no vivieron la dictadura y la represión, pero quieren conocer la historia de España para no repetir esos errores del pasado.

Veamos a continuación cuáles son los puntos clave de la ley de memoria democrática que ya ha entrado en vigor.

Puntos clave de la ley de memoria democrática

A partir de ahora, la ley de memoria democrática implica algunos puntos clave que hay que considerar:

  • El régimen franquista se declara ilegal: y por tanto, también se declara ilegal sus tribunales, anulando todas las condenas impuestas en estos. 
  • El Estado asume la búsqueda de los desaparecidos: entre el periodo de la dictadura y la Guerra Civil será la Administración General el Estado quien investigue las desapariciones. Se creará un mapa de localización y un banco de ADN con todos los datos de las víctimas.
  • Se amplía la definición de víctima: a partir de ahora, una víctima será toda aquella persona que haya padecido daño físico, moral, psicológico, patrimoniales o menoscabo de derechos fundamentales desde el Golpe de estado (18 de julio de 1936) hasta la Constitución de 1978. También son consideradas víctimas las personas del colectivo LGTBI y las que han sido adoptadas sin el consentimiento de sus padres. Sin olvidar aquellos que hicieron uso de lenguas cooficiales (gallega, vasca, catalana, entre otras).
  • Acceso a la información pública de los archivos: el acceso a la información sobre los hechos ocurridos entre 1936 y 1878 será libre, universal y gratuito. 
  • Se crea un fiscal de Sala para investigar las violaciones de derechos humanos: y esto será lo que impulse el proceso de búsqueda de las víctimas.
  • Símbolos contrarios a la memoria democrática: todos aquellos elementos que ensalcen la dictadura en edificios públicos o en la vía pública se eliminarán.
  • Suspensión de los títulos nobiliarios: se suspenderán en total 33 títulos nobiliarios concedidos entre 1948 y 1978.
  • Se cambia el nombre de Valle de los Caídos por Valle de Cuelgamuros: en esa zona solo podrán yacer los restos mortales de los fallecidos a consecuencia de la guerra y se reubicarán los restos que ocupen un lugar preeminente en el recinto.
  • Se actualizan los contenidos educativos: se actualizan los contenidos curriculares de la ESO, FP y Bachillerato para dejar constancia de la represión vivida durante la guerra y la dictadura.
  • Estudio de vulneraciones de derechos humanos: se crea una comisión que analizará las violaciones de los derechos humanos ocurridos entre 1978 (la aprobación de la Constitución Española) y 1983 (el nombramiento del primer gobierno socialista). Esta comisión ayudará a esclarecer los casos de quienes hayan luchado por la consolidación de la democracia y que señale posibles vías de reconocimiento y reparación. 
  • Acciones de divulgación: al igual que se estudiarán las vulneraciones de derechos humanos, la Administración promoverá el conocimiento de la memoria democrática española con programas que incluirán testimonios de las víctimas y la memoria de las mujeres.

Si te ves afectado/a o te ha quedado alguna duda sobre la ley de memoria democrática, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos.

Imagen Post continuidad de empresa familiar

Claves para la continuidad de una empresa familiar

La empresa familiar tiene en España una muy destacada importancia, tanto desde el punto de vista económico como social. Así lo evidencia la riqueza nacional que genera y la población activa que emplea. Sin embargo, también hay que señalar que una parte significativa de las empresas familiares desaparecen tras la segunda o tercera generación. Aquellas que se han desarrollado y consolidado en el tiempo son las que han sabido cumplir con las claves fundamentales para la continuidad de empresa familiar, y hoy te contamos cuales son.

Un correcto organigrama

Independientemente de los lazos familiares existentes entre los distintos miembros de la empresa, es necesario concretar y desarrollar un correcto organigrama que deje claro cuáles son los puestos y responsabilidades de cada uno.

Es vital disponer de una buena organización para desarrollarse con normalidad y conocer las capacidades, formación, actitudes y aptitudes de cada uno de los componentes de la empresa. De esta manera se podrá asignar a cada uno el papel que debe cumplir dentro de la organización.

Objetividad

En cualquier empresa es fácil no tener muy clara la línea entre objetividad y subjetividad, y en las empresas familiares esa línea se difumina con mayor rapidez.

Dejarse llevar por las emociones y tratar de ir con pies de plomo para no herir a nadie son errores que pueden llevarnos a perder de vista completamente la objetividad cayendo en la práctica de malas decisiones empresariales.

Si bien las emociones están presentes en nuestra vida queramos o no, en las decisiones importantes hay que tratar de ser personas objetivas y tomar la decisión en base a hechos y estadísticas que beneficien a la empresa.

Trabajo – Vida personal

Actualmente y debido en gran medida a las nuevas tecnologías como la mensajería instantánea o los emails, separar nuestra vida personal de la laboral se convierte en una difícil tarea. Sin embargo, cuando se trata de empresas familiares es aún más complicado.

Las comidas familiares suelen llegar a convertirse en comidas de negocios y las cervezas de última hora en conversaciones en torno a la jornada laboral.

Todo ello puede conllevar un sentimiento de no desconexión perpetuo. Hay que buscar el equilibrio para hablar de trabajo en la empresa y olvidarse de ello cuando se disfruta de ocio y tiempo libre con los seres queridos.

Tema económico

Hablar de dinero siempre es un tema complicado, más aún si se trata de la familia. Decidir que sueldo debe atribuirse a cada miembro puede conllevar discusiones y problemas tanto en la empresa, entre familiares y no familiares, como dentro del núcleo familiar.

Por eso es imprescindible recurrir a la objetividad y valorar que competencias desarrolla cada uno, cual es su escala profesional, así como su carga laboral, horas de trabajo que realiza, etc…

Evitar el paternalismo

Muchas empresas familiares han sido fundadas por un solo miembro familiar que con los años se ha convertido en el pilar de la familia y del negocio. Esto implica que cuando posteriormente más familiares van entrando en la empresa ocurran dos cosas.

Por un lado, los nuevos miembros sienten un respeto y mal entendido “miedo” por esa figura que hace que no cuestiones ninguna de sus decisiones ni promuevan aires de cambio y actualización en la empresa ni se desarrollen laboralmente con libertad.

Por otro lado, la persona fundadora puede incurrir en el error de tratar a sus empleados como familiares, siendo extremadamente cuidadoso y no poniendo los puntos sobre las íes.

Conclusión

Apostar por empresas familiares siempre es una buena idea para desarrollar un negocio y disfrutar de un entorno de confianza y seguridad. Pero para ello es muy importante que se sepa separar cada área y conocer las claves que, si bien no aseguran el éxito de la empresa, si la ayudan a avanzar.

Pincha aquí para saber cómo ayudamos a las empresas familiares en Práctica Legal.