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Hacienda no perseguirá deudas de menos de tres euros

Según una resolución de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Tributaria, las deudas con la Hacienda Pública inferiores a 3 euros a partir del 1 de junio de 2022 quedarán anuladas y se darán de baja de la contabilidad.

En la resolución, que se aplicará a los 15 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (desde el 30 de noviembre), se acuerda la anulación de aquellas liquidaciones en las que resulte una deuda pendiente de recaudar por una cantidad inferior a 3 euros. 

¿Por qué está perdonando la Hacienda Pública esa cantidad de dinero?

Asimismo, se ha estipulado que no se va a continuar la gestión recaudatoria por “motivos estrictamente económicos”, debido a que el esfuerzo que se exige para tratar de cobrar esas deudas no compensa con la recaudación que se puede obtener. Ese esfuerzo monetario determina la decisión de cancelar esa deuda. 

Por otro lado, además de no tener que devolver ese dinero quien se encuentre en deuda con Hacienda por esa cantidad inferior a 3 euros, el expediente se eliminará de su historial. 

¿Cuál es el objetivo de Hacienda?

El objetivo de la Intervención del Estado y la Agencia Tributaria es evitar actuaciones recaudatorias que presuponga un nulo provecho para la Hacienda Pública o para el cumplimiento de los fines encomendados a la Administración Pública.

En este caso, se hace referencia a liquidaciones cuya exigencia de pagos genera unos costes superiores a los recursos que pueden derivarse de esas liquidaciones.

Por todo ello, en la resolución se acuerda lo siguiente:

Se anularán y se darán de baja en contabilidad todas las liquidaciones que vengan de recursos de derecho público de la Hacienda Pública Estatal recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desde donde se haya generado una deuda pendiente de recaudar por una cantidad inferior a 3 euros.

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Ley de memoria democrática

El pasado viernes 21 de octubre entró en vigor la nueva ley de memoria democrática, tras aprobarse 15 días antes por el Senado. Esta Ley derogará la de Memoria Histórica, aprobada durante el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero. 

Entre su principal objetivo se encuentra cerrar de una vez por todas el daño causado a las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista.

Según el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, esta ley se centra en las personas, en aquellas que siguen buscando en fosas comunes los restos de sus seres queridos; esas que nacieron en el exilio, las que se atrevieron a pensar diferente, a amar distinto o a luchar por la libertad. 

Además, Bolaños hace hincapié en que “la memoria es nuestra identidad”; y hace referencia a aquellas personas que no vivieron la dictadura y la represión, pero quieren conocer la historia de España para no repetir esos errores del pasado.

Veamos a continuación cuáles son los puntos clave de la ley de memoria democrática que ya ha entrado en vigor.

Puntos clave de la ley de memoria democrática

A partir de ahora, la ley de memoria democrática implica algunos puntos clave que hay que considerar:

  • El régimen franquista se declara ilegal: y por tanto, también se declara ilegal sus tribunales, anulando todas las condenas impuestas en estos. 
  • El Estado asume la búsqueda de los desaparecidos: entre el periodo de la dictadura y la Guerra Civil será la Administración General el Estado quien investigue las desapariciones. Se creará un mapa de localización y un banco de ADN con todos los datos de las víctimas.
  • Se amplía la definición de víctima: a partir de ahora, una víctima será toda aquella persona que haya padecido daño físico, moral, psicológico, patrimoniales o menoscabo de derechos fundamentales desde el Golpe de estado (18 de julio de 1936) hasta la Constitución de 1978. También son consideradas víctimas las personas del colectivo LGTBI y las que han sido adoptadas sin el consentimiento de sus padres. Sin olvidar aquellos que hicieron uso de lenguas cooficiales (gallega, vasca, catalana, entre otras).
  • Acceso a la información pública de los archivos: el acceso a la información sobre los hechos ocurridos entre 1936 y 1878 será libre, universal y gratuito. 
  • Se crea un fiscal de Sala para investigar las violaciones de derechos humanos: y esto será lo que impulse el proceso de búsqueda de las víctimas.
  • Símbolos contrarios a la memoria democrática: todos aquellos elementos que ensalcen la dictadura en edificios públicos o en la vía pública se eliminarán.
  • Suspensión de los títulos nobiliarios: se suspenderán en total 33 títulos nobiliarios concedidos entre 1948 y 1978.
  • Se cambia el nombre de Valle de los Caídos por Valle de Cuelgamuros: en esa zona solo podrán yacer los restos mortales de los fallecidos a consecuencia de la guerra y se reubicarán los restos que ocupen un lugar preeminente en el recinto.
  • Se actualizan los contenidos educativos: se actualizan los contenidos curriculares de la ESO, FP y Bachillerato para dejar constancia de la represión vivida durante la guerra y la dictadura.
  • Estudio de vulneraciones de derechos humanos: se crea una comisión que analizará las violaciones de los derechos humanos ocurridos entre 1978 (la aprobación de la Constitución Española) y 1983 (el nombramiento del primer gobierno socialista). Esta comisión ayudará a esclarecer los casos de quienes hayan luchado por la consolidación de la democracia y que señale posibles vías de reconocimiento y reparación. 
  • Acciones de divulgación: al igual que se estudiarán las vulneraciones de derechos humanos, la Administración promoverá el conocimiento de la memoria democrática española con programas que incluirán testimonios de las víctimas y la memoria de las mujeres.

Si te ves afectado/a o te ha quedado alguna duda sobre la ley de memoria democrática, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos.

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Claves para la continuidad de una empresa familiar

La empresa familiar tiene en España una muy destacada importancia, tanto desde el punto de vista económico como social. Así lo evidencia la riqueza nacional que genera y la población activa que emplea. Sin embargo, también hay que señalar que una parte significativa de las empresas familiares desaparecen tras la segunda o tercera generación. Aquellas que se han desarrollado y consolidado en el tiempo son las que han sabido cumplir con las claves fundamentales para la continuidad de empresa familiar, y hoy te contamos cuales son.

Un correcto organigrama

Independientemente de los lazos familiares existentes entre los distintos miembros de la empresa, es necesario concretar y desarrollar un correcto organigrama que deje claro cuáles son los puestos y responsabilidades de cada uno.

Es vital disponer de una buena organización para desarrollarse con normalidad y conocer las capacidades, formación, actitudes y aptitudes de cada uno de los componentes de la empresa. De esta manera se podrá asignar a cada uno el papel que debe cumplir dentro de la organización.

Objetividad

En cualquier empresa es fácil no tener muy clara la línea entre objetividad y subjetividad, y en las empresas familiares esa línea se difumina con mayor rapidez.

Dejarse llevar por las emociones y tratar de ir con pies de plomo para no herir a nadie son errores que pueden llevarnos a perder de vista completamente la objetividad cayendo en la práctica de malas decisiones empresariales.

Si bien las emociones están presentes en nuestra vida queramos o no, en las decisiones importantes hay que tratar de ser personas objetivas y tomar la decisión en base a hechos y estadísticas que beneficien a la empresa.

Trabajo – Vida personal

Actualmente y debido en gran medida a las nuevas tecnologías como la mensajería instantánea o los emails, separar nuestra vida personal de la laboral se convierte en una difícil tarea. Sin embargo, cuando se trata de empresas familiares es aún más complicado.

Las comidas familiares suelen llegar a convertirse en comidas de negocios y las cervezas de última hora en conversaciones en torno a la jornada laboral.

Todo ello puede conllevar un sentimiento de no desconexión perpetuo. Hay que buscar el equilibrio para hablar de trabajo en la empresa y olvidarse de ello cuando se disfruta de ocio y tiempo libre con los seres queridos.

Tema económico

Hablar de dinero siempre es un tema complicado, más aún si se trata de la familia. Decidir que sueldo debe atribuirse a cada miembro puede conllevar discusiones y problemas tanto en la empresa, entre familiares y no familiares, como dentro del núcleo familiar.

Por eso es imprescindible recurrir a la objetividad y valorar que competencias desarrolla cada uno, cual es su escala profesional, así como su carga laboral, horas de trabajo que realiza, etc…

Evitar el paternalismo

Muchas empresas familiares han sido fundadas por un solo miembro familiar que con los años se ha convertido en el pilar de la familia y del negocio. Esto implica que cuando posteriormente más familiares van entrando en la empresa ocurran dos cosas.

Por un lado, los nuevos miembros sienten un respeto y mal entendido “miedo” por esa figura que hace que no cuestiones ninguna de sus decisiones ni promuevan aires de cambio y actualización en la empresa ni se desarrollen laboralmente con libertad.

Por otro lado, la persona fundadora puede incurrir en el error de tratar a sus empleados como familiares, siendo extremadamente cuidadoso y no poniendo los puntos sobre las íes.

Conclusión

Apostar por empresas familiares siempre es una buena idea para desarrollar un negocio y disfrutar de un entorno de confianza y seguridad. Pero para ello es muy importante que se sepa separar cada área y conocer las claves que, si bien no aseguran el éxito de la empresa, si la ayudan a avanzar.

Pincha aquí para saber cómo ayudamos a las empresas familiares en Práctica Legal.

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¿Qué es la Lista Robinson y cómo funciona?

Es muy posible que hayas oído hablar de la Lista Robinson antes y que te acuerdes de ella, sobre todo, cuando te llaman a la hora de la siesta con una oferta de una teleoperadora o cuando te llegan cartas y más cartas publicitarias directamente a tu nombre.

El Servicio de Lista Robinson te permite, de forma fácil y gratuita, evitar publicidad de empresas a las que no hayas dado tu consentimiento para que te envíen publicidad. 

Cómo funciona la Lista Robinson

Este servicio es muy sencillo y fácil de utilizar. Se ha diseñado pensando que cualquier persona pueda hacer uso del mismo, y por tanto se ha buscado que sea lo más cómodo posible.

Para pertenecer a la Lista Robinson solo debes rellenar tus datos al darte de alta. Puedes dar de alta todo aquello que quieres que esté protegido:

  • Dirección postal
  • Dirección electrónica
  • Teléfono fijo
  • Teléfono móvil (no solo para llamadas, también para SMS y MMS)

Qué obligaciones tienen las empresas

Aunque no todas lo hagan o no con la frecuencia que deberían, las empresas están obligadas a consultar los inscritos en la Lista Robinson y sacarles de las bases de datos con las que contactan con fines comerciales. No excluyen, por supuesto, a quienes ya son clientes y dan consentimiento para que se les realicen comunicaciones.

Lo que hay que tener en cuenta es que el servicio de Lista Robinson se enmarca en el ámbito de la publicidad personalizada, es decir, aquella publicidad que recibe un usuario direccionada a su nombre. Es decir, las empresas pueden seguir enviándote publicidad si es de manera genérica.

En este sentido se entienden dos tipos de comunicación:

  • Publicidad dirigida, por ejemplo, al “propietario de este domicilio”.
  • Publicidad no dirigida a nadie, por ejemplo, un folleto del supermercado.

Esto queda plasmado en la normativa vigente: Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Su objetivo principal es proteger las libertades públicas de las entidades y los derechos fundamentales de los ciudadanos, estableciendo unas obligaciones para toda entidad que realice tratamientos de datos de carácter personal.

Asimismo, en lo que se refiere a las comunicaciones comerciales realizadas a través de llamadas telefónicas, correo electrónico, SMS o equivalentes, es necesario tener en cuenta lo dispuesto en la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones y la Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.

Qué pasa si estoy en la Lista Robinson y no me lo respetan

¿Por qué continúan llamando a pesar de estar apuntados en la Lista Robinson? Hay que tener presente que «si una empresa tiene el consentimiento del destinatario y puede acreditarlo, no es necesario que consulte la Lista Robinson antes de contactar con él», aclaran. Es el caso de una compañía con la que hayas tenido relación antes; aunque se terminara, si no has señalado que no deseas ya recibir publicidad, puede seguir haciéndolo.

Por ello, además de inscribirte en la Lista Robinson, si deseas evitar llamadas publicitarias, «debes contactar con la empresa que los emite» para notificarle tu deseo de no recibir publicidad. Tienes que hacerlo a través de los canales de privacidad que tenga.

En todo caso, conviene seguir las siguientes recomendaciones de la propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD):

  • Cuando realices una compra, o contrates un servicio, marca la casilla que exprese tu rechazo a recibir publicidad.
  • Si quieres dejar claro que no deseas recibir publicidad, envía un SMS o un correo electrónico a la dirección que se indique (siempre existe en la letra pequeña).
  • Al participar en una promoción suelen solicitar consentimiento para enviar publicidad. Evita darlo y no aceptes sin más todos los términos del contrato.
  • Al navegar por Internet y registrarte en una página web, es muy probable que te hayan pedido consentimiento para el envío de publicidad. Asegúrate de no concederlo.
  • Debes saber que puedes revocar tu consentimiento en cualquier momento.

Si, aún así, te has asegurado de no haber dado consentimiento a ninguna de esas comunicaciones y te siguen llegando puedes denunciarlo. Pero para ello será necesario que recopiles la publicidad (grabaciones, en papel, capturas de pantalla, etc.) y la demostración de que no pueden contactarte. Ya sea a través de la inclusión en la Lista Robinson o las respuestas de los equipos de protección de datos de la empresa si les informaste expresamente de tu baja en su base de datos.

Si tienes más dudas siempre puedes contactarnos para resolver cualquier tipo de problema o confrontación.

El TS decidirá si es legal hacer fijos a los interinos en plazas de Secretaría e Intervención de los ayuntamientos

El Alto Tribunal (la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo) ha admitido a trámite el recurso interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (Cosital) contra el Real Decreto 408/2022.

En este decreto se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado (AGE). En otras palabras, el Gobierno quiere convertir a 807 interinos, sin necesitad de aprobar el examen de oposición (solo mediante un concurso de méritos), en habilitados nacionales para ocupar puestos de secretaría, intervención y tesorería en entidades locales de España.

Por ello, Cosital, una organización que representa a la mayor parte de este colectivo, ha decidido luchar en los tribunales, con el objetivo de frenar en los juzgados el acceso sin oposición al cuerpo de habilitados nacionales.
Cosital considera que la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgente para la reducción de la temporalidad en el empleo público no la ampara. Esa es la razón por la que ha emprendido acciones judiciales.

Algunos datos relevantes

De los 807 interinos, 658 no necesitan hacer examen para convertirse en funcionarios de habilitación nacional porque llevan más de 5 años de interinidad. Y para el Gobierno un concurso de méritos es suficiente.

El resto (los 149 restantes) tienen que hacer el examen, aunque no es imprescindible aprobarlo. La prueba vale un 40 % y un 60 % va para los méritos. A esta cifra de 807, se suman 55 plazas en situación similar, que se encuentran en el país Vasco, cuyo proceso está en manos de las autoridades vascas.

¿Qué objetivos tiene Cosital?

Por un lado, Cosital quiere combatir la indebida aplicación de la Ley de temporalidad al colectivo. Y, por otro lado, quiere combatir exclusiones de puestos reservados del concurso de 2021 planteadas por demandante individuales que han realizado las funciones reservadas a la Escala mediante nombramiento interino.

En el País Vasco también se ha solicitado la suspensión cautelar del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2022, en el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de estabilización del personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional en el ámbito de la Comunidad autónoma de Euskadi.

Asimismo, en el País Vasco, la competencia para la selección de los habilitados nacionales está pendiente del resultado de dos recursos de inconstitucionalidad que han sido admitidos a trámite.

Se impugna también la oferta de empleo pública ordinaria

A su vez, se ha impugnado la oferta de empleo ordinaria aprobada en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por no incluir todas las plazas vacantes reservadas a la Escala, entre ellas las 807 incluidas en la oferta de estabilización.

Cosital se ha personado como codemandado en un total de 24 impugnaciones efectuadas por demandantes individuales, donde se pedía nulidad de la inclusión de un puesto concreto de la convocatoria del concurso unitario de 2021, donde ejercen interinamente las funciones reservadas; en las que además solicitan participar en las pruebas selectivas que se convoquen.

Desde Cosital insisten que no solo se trata de luchar contra la improcedencia legal, sino también contra el prejuicio que supone para el interés público; puesto que si se consuma esta operación se está permitiendo a un interino acceder a la condición de habilitado nacional para puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería sin cumplir con los requisitos necesarios para ejercer estas funciones.

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Fin de la moratoria concursal

Salvo que el gobierno apruebe una nueva ampliación (que no parece probable), el próximo 30 de junio finaliza el plazo de la denominada moratoria concursal, prorrogado por el Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre.

 

La moratoria concursal, ha supuesto la exención del deber de solicitar concurso de acreedores voluntario a aquellas personas que se encontraban en estado de insolvencia. También ha evitado la admisión a trámite de los concursos necesarios instados por los acreedores. Y prima las solicitudes de concurso voluntario presentadas hasta la citada fecha de 30 de junio de 2022,  sobre las de concurso necesario, aunque aquellas sean de fecha posterior estas.

 

Por ello, aquellos deudores que estén en una situación de insolvencia, deberán presentar las solicitudes de concurso voluntario hasta el día 30 de junio. De no hacerlo podrían encontrarse con el concurso necesario instado por cualquiera de sus acreedores, con consecuencias perjudiciales para el propio deudor y sus administradores (de ser personas jurídicas).

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7 notificaciones de Hacienda que debes conocer

¿Cuántas veces te ha llegado una notificación de Hacienda y lo primero que has hecho es llevarte las manos a la cabeza? Lo primero que piensas es que es una multa, un embargo o el inicio de un proceso angustioso que no te traerá nada bueno.

Sin embargo, las notificaciones de Hacienda son meros avisos y no todos tienen que ser una alarma. Estos avisos tienen la finalidad de informar, pedirnos algún documento que falta o avisarnos del inicio de algún proceso.

Así que intenta que el miedo no te paralice. Muchos ignoran la notificación que reciben por temor, en lugar de abrirla y seguir las indicaciones que pide el organismo. ¡Cuidado con esto!

¿Quieres saber todos los tipos de notificaciones que hay?

Tipos de notificaciones de Hacienda que existen y te pueden llegar

Carta comunicativa

Son informativas y no requieren ninguna intervención por tu parte. Es cierto que algunas de estas cartas son certificadas y lo único que tienes que hacer es confirmar que la has recibido.

Si la rechazas o no confirmas su recepción, Hacienda lo hará constar en el apartado de notificaciones en el BOE.

Comprobación

La dividimos en tres subcategorías. Pero la finalidad de todas ellas es comprobar los datos:

  • Notificaciones de requerimiento: esta se recibe cuando los datos que tiene Hacienda no coinciden con la persona que coopera. Así que el interesado deberá justificar que lo que presenta es lo correcto y que es la Administración la que se equivoca.
  • Notificaciones de propuesta de liquidación provisional y trámites de alegaciones: en este caso Hacienda modifica o corrige alguna declaración que hayas presentado. Si no estás de acuerdo, puedes presentar alegaciones.
  • Notificaciones de resolución del procedimiento: este aviso viene a ser la comunicación final a los anteriores. Si has presentado alegaciones, Hacienda te enviará una notificación con la resolución y, en caso de que corresponda, acuerda una liquidación. 

Requerimiento de información respecto a otra persona

Cuando el organismo público envía una notificación en la que solicita información sobre una empresa con la que has tenido relación; puede ser un cliente, un proveedor o un deudor.

Es importante que respondas dentro del plazo establecido, ofreciendo la información que dispongas.

Providencia de apremio

Una vez que se ha acabado el plazo correspondiente al pago voluntario, Hacienda envía una providencia de apremio para cobrar esa deuda.

Esta conlleva un recargo sobre la deuda y además genera unos intereses por el retraso en el pago.

Diligencia de embargo

Es un tipo de aviso en el que Hacienda pide información sobre el importe que se adeuda a un proveedor.

Te recomendamos que respondas lo antes posible a esta notificación de Hacienda para evitar consecuencias más graves.

Comunicación de investigación fiscal

Esta es la más temida de todas, pues se va a revisar toda la información que posees en relación a Hacienda. El organismo también notifica a las personas de que se les va a realizar una inspección tributaria.

La inspección puede ser aleatoria o puede que Hacienda tenga dudas que necesite resolver.

Esta notificación de Hacienda se recibe al inicio de la investigación, donde el investigado tendrá que presentar toda la documentación solicitada.

Cuando se haya aportada toda la documentación, se tramitará una diligencia. Después, el inspector determinará los hechos investigados y finalizará todo en un acta donde se informará al interesado.

Notificación de expediente sancionador

Este aviso supone la confirmación de que has infringido determinadas normas tributarias. Y en él se comunica el inicio de un expediente sancionador.

El mensaje se envía mediante email y en él se informa el inicio del expediente, donde se indica que la sanción no es fija. Esto quiere decir que se puede hacer una defensa del expediente si no estás de acuerdo con lo que expresa Hacienda.

En este caso, tendrás que entregar a Hacienda un manifiesto que incluya el desacuerdo y todos los documentos que refuercen la explicación.

Recuerda que sea cual sea la notificación de Hacienda que recibas, te recomendamos que respondas siempre en los tiempos establecidos, sea más o menos grave el tipo de aviso. Hacer caso y cumplir con lo que especifica Hacienda es siempre la opción correcta.

Si necesitas asesoramiento fiscal o si recibes algún aviso y no sabes cómo actuar, es importante que pidas ayuda a un experto en materia fiscal. En Práctica Legal contamos con un equipo especializado. ¡Consúltanos sin compromiso!

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Modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

Distinguidos clientes,

El día 22 de marzo del presente año entró en vigor la Ley Nº18/2021, mediante la cual se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015.

A continuación les reseñamos las modificaciones que hemos considerado más relevantes de la referida modificación legal, y que consideramos de importancia que estén al corriente de las mismas para evitar sanciones por incumplimientos.  

  1. Se establece la obligatoriedad de que el titular del sistema de conducción automatizado de un vehículo comunique al Registro del Organismo Autónomo las capacidades o funcionalidades del sistema de conducción.
  2. Se excluye de la prohibición de instalar o llevar en los vehículos inhibidores y localizadores de radares o cinemómetros, los considerados como mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico, por lo que será legal utilizar avisadores de radar.
  3. Se prohíbe a los conductores menores de edad el circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.
  4. Se prohíbe circular por autopistas y autovías con vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores, vehículos de movilidad personal, y vehículos para personas de movilidad reducida.
  5. El conductor de un vehículo tiene preferencia de paso respecto a los peatones, salvo en los pasos de peatones, aceras y demás zonas peatonales.
  6. Las bicicletas y ciclos no podrán circular por las aceras. solo por aceras.
  7. Los conductores de vehículos de movilidad personal están obligados a llevar casco de protección.
  8. Se prohíbe que los turismos y motocicletas puedan adelantar a otros vehículos que circulen en carreteras convencionales rebasando las velocidades máximas fijadas en 20 km/h.
  9. Las indicaciones escritas que se incluyan o acompañen a los paneles de señalización de las vías públicas, e inscripciones deben figurar en idioma castellano y, además, en la lengua oficial de la Comunidad autónoma reconocida en el respectivo estatuto de autonomía, cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha comunidad.
  10. En cuanto al tipo de infracciones reguladas en la Ley, las mismas que se dividen en leves, graves y muy graves.Se añaden como infracciones leves, principalmente, las siguientes conductas:
    • El impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles.
    • Incumplir con la obligación de estar en todo momento en condiciones de controlar un vehículo.
    • Incumplir cualquier norma de esta Ley que no se considere grave o muy grave, especialmente en el caso de bicicletas siempre que no comprometan la seguridad de los usuarios de la vía.

    Se incluyen como infracciones graves:

    • Parar o estacionar en el carriles o vías ciclistas.
    • Utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.
    • No respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones.

    Como muy graves las siguientes conductas:

    • Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente, en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir, o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos.
    • Incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas.
    • Incumplir las normas sobre el uso de los alcoholímetros antiarranque.
    • Arrojar a la vía o sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes
  11. Se establece la obligación de que la Jefatura Central de Tráfico desarrolle un sistema telemático para que las empresas dedicadas al transporte de personas o de mercancías y las personas trabajadoras autónomas que tengan la condición de empleadoras puedan conocer si un conductor profesional que trabaja en ellas se encuentra habilitado legalmente para conducir. 
  12. A partir del 6 de julio de 2022, los vehículos de categoría M2 y M3 que dispongan de interface normalizada para la instalación de alcoholímetros antiarranque destinados al transporte de viajeros estarán obligados a disponer de alcoholímetros antiarranque, debiendo los conductores utilizar este dispositivo. 
  13. Se unifican los plazos para recuperar el saldo inicial de puntos. Debiendo de pasar dos años sin cometer infracciones, antes este periodo variaba según la gravedad de la infracción cometida. 
  14. Respecto al Anexo Nº II de la Ley, el mismo que establece las infracciones que llevan aparejada pérdida de puntos, se han modificado el número de puntos que se perderían en las siguientes sanciones:
    • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes: Pasa de 4 puntos a la pérdida de 6 puntos.
    • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros: Pasa de la pérdida de 4 puntos a 6.
    • No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios: Ahora conlleva la perdida de 4 puntos, antes la de 3.
    • Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce: Antes comportaba la pérdida de 3 puntos y ahora 6.

 

Fdo. Oscar Sánchez Rubira

Óscar Sánchez Rubira

 

 

 

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Spain Legal Expo: llega la primera feria del sector jurídico a España

Spain Legal Expo es la primera feria del sector jurídico que se va a celebrar en España, concretamente en IFEMA (Madrid), los próximos días 15 y 16 de junio, de 10 a 18.30 horas.

El evento, organizado por Grupo Metalia, servirá como punto de encuentro entre empresas y proveedores de servicios jurídicos: abogados, notarios, procuradores, economistas, gestores, auditores, consultores, administradores de fincas, corredurías, agencias, gestores; en definitiva, cualquier proveedor que suministre servicios de abogacía, jurídico y afines.

¿Qué es Spain Legal Expo?

Se trata de la primera feria para el sector jurídico que sirve de escaparate y punto de encuentro entre este sector y empresas. Principalmente Spain Legal Expo está dirigido a:

  • Emprendedores.
  • Empresarios.
  • Autónomos.
  • Altos directivos y CEOs.
  • Asociaciones, patronales, profesionales y stakeholders.

Otro de los grandes beneficios de este evento es la oportunidad que tienen muchas empresas que ofrecen servicios jurídicos de aumentar su visibilidad y su imagen de marca, así como establecer sinergias y desarrollar su negocio.

Sin duda, será el lugar en el que los empresarios encuentren los servicios que necesitan para seguir desarrollando su negocio: contabilidad, asesoría, auditoría, registro de marca, seguros, y donde harán sinergias y acuerdos con otros profesionales.

Características de la feria de la abogacía y los servicios jurídicos Spain Legal Expo

Habrá más de 5 mil metros cuadrados dedicados a la zona expositiva, acompañada de mesas redondas.

Hay que destacar también que junto a Spain legal Expo se celebrará el boostpyme 2022, una feria profesional de servicios a la pyme. Para ello, el evento contará con el Legal Tech Corner, dedicado a startups del sector.

Con el fin de apoyar a la innovación, se hará una competición de startups del sector Legaltech, se habilitará un área de exposición y se gestionará un track de ponencias de innovación.

La feria durará dos días y estará formado por 100 expositores. Asimismo, la entrada a la feria, jornadas, congresos y seminarios no tiene coste para los profesionales, aunque sí habrá que registrarse previamente para conseguir una invitación. La información para el registro saldrá próximamente aquí: https://www.spainlegalexpo.com/

¿Qué es boostpyme 2022?

Es un punto de encuentro entre la empresa y los servicios que necesitan estas para iniciar su transformación digital. Y se enmarca dentro de la feria Spain Legal Expo.

En esta primera edición se prevé una asistencia de tres mil visitantes y está destinado a la transformación y crecimiento de las pymes. Además, habrá conferencias totalmente gratuitas donde se expondrán tendencias y soluciones digitales para los actuales emprendedores y pymes.

¿Por qué asistir a Spain Legal Expo?

Es innegable que para que un negocio tenga éxito, estar bien asesorado es clave para que el negocio siga creciendo y escalando.

Por ello, en Spain Legal Expo se ofrecen en un mismo espacio todos los servicios de abogacía, consultoría, asesoría (o afines) que una empresa puede necesitar para impulsar su negocio.

Por tanto, esta feria permite a emprendedores conocer a asesores y abogados para crear sinergias y ayudarles de esta forma a gestionar situaciones legales y jurídicas de la forma más efectiva posible.

En definitiva, se trata de un evento para hacer networking e incrementar las opciones de crear contactos profesionales en el sector jurídico, ya que muchas veces los autónomos y empresarios tienen lagunas de conocimiento sobre esta materia.

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Reforma laboral: ¿cuáles son los principales cambios que afectan a trabajadores y empresas?

El pasado 31 de enero entró en vigor la reforma laboral, convalidada el 3 de febrero en el Congreso de los Diputados. Un acuerdo entre Gobierno, sindicatos y patronal que regulará el mercado laboral durante los próximos años.

¿Qué cambios se han implantado? Los principales cambios están orientados, por un lado, a combatir la temporalidad y la precariedad. Y, por otro lado, a ampliar el uso de los ERTE para evitar despidos colectivos. 

Ojo, esta reforma no implica una derogación de la reforma de 2012, pero sí conlleva algunos cambios importantes necesarios. Veamos a continuación los más relevantes:

Los principales cambios en la reforma laboral

Contratos temporales

El contrato será indefinido excepto cuando se tenga que sustituir a un trabajador o por circunstancias de la producción; esto último se refiere al incremento ocasional e imprevisible de la producción y oscilaciones de la demanda. El tiempo máximo es de 6 meses con posibilidad de ampliarlo a 12 meses si lo permite el convenio sectorial. 

Cuando se utilicen los contratos temporales para atender situaciones ocasionales como puede ser una campaña de Navidad, la duración será de un máximo de 90 días en el año y no se puede encadenar con otro contrato. 

Desaparecen los contratos por obra y servicio, aunque hasta finales de marzo las empresas podrás recurrir a estos (con una duración máxima de 6 meses).

Contrato fijo-discontinuo

Uno de los objetivos de esta reforma es acabar con la temporalidad. Por lo que se apuesta por un contrato concertado por tiempo indefinido. Se refuerza además el fijo discontinuo, para aquellos trabajos estacionales o actividades de temporada.

En estos contratos aumenta la indemnización y la antigüedad se reconoce desde que se firma el contrato y no solo se cuenta el tiempo trabajado.

Uno de los sectores a los que repercute este cambio es al de la construcción. A partir de ahora dispondrá de un contrato fijo. Y cuando finalice una obra, la empresa tendrá la obligación de recolocar al trabajador si hubiera otros proyectos.

Contratos formativos

Habrá dos tipos de contratos formativos:

  • Contrato de formación en alternancia de trabajo: limitado a los 30 años, habrá un tutor y su duración es como mínimo de 3 meses y un máximo de dos años.
  • Contrato de formación para la adquisición de la práctica profesional: la duración se limita entre los 6 y los 12 meses. Y solo podrá utilizarse durante los 3 años siguientes de finalizar los estudios.   

Subcontratación

Otro punto importante de esta reforma laboral es que ahora será el convenio del sector de la empresa subcontratada quien rija las condiciones de los trabajadores subcontratados. 

Negociación colectiva

Se recupera la ultraactividad indefinida, es decir, cuando el convenio colectivo haya cumplido su vigencia y no se llegue a un acuerdo, seguirá aplicándose. 

El convenio de empresa tendrá prioridad frente al convenio sectorial autonómico o estatal en cuanto a horario y distribución del tiempo de trabajo, pero no en el ámbito salarial, donde seguirá prevaleciendo el convenio sectorial.

ERTE

Para que haya menos despidos, el Gobierno refuerza la figura de los ERTE cuando haya limitación o impedimento de la actividad.

Por otro lado, se mantendrán los ERTE por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas.

Cuando esté en vigor los ERTE, no habrá horas extra, nuevas contrataciones y tampoco se podrás externalizar la actividad.

Mecanismo RED

Los expedientes de regulación Temporal de Empleo tienen un mecanismo estructural llamado Mecanismo RED, que tiene el objetivo de suspender el empleo o reducir la jornada. Y solo podrán ser activados por el Consejo de Ministros.

Se pueden aplicar por una causa cíclica cuando haya una crisis que dure más de un año y por una causa sectorial, cuando haya cambios permanentes que generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesional con una duración también de un año y la posibilidad de prorrogarlo a otro año.

Aquellos afectados que estén en el Mecanismo RED recibirán una prestación que equivale al 70 % de la base reguladora y las empresas tendrán derecho a exoneraciones de cotización.

Durante este tiempo, no habrá horas extra, nuevas contrataciones y tampoco se podrás externalizar la actividad. Aunque sí habrá bonificaciones a las empresas que formen a sus trabajadores.

Como ves, hay aspectos relevantes que no se han tocado de la reforma laboral de 2012, como la indemnización por despido o la no recuperación de los salarios de tramitación ante un despido improcedente. Aun así, ¿crees que es un primer paso para empezar a defender los derechos de los trabajadores e incluir mejoras para las empresas con esta nueva reforma laboral?