El Tribunal Supremo impone las costas a la banca por cláusulas abusivas aunque el cliente no las recurra.

El Tribunal Supremo da un paso más en la imposición de costas a la banca cuando se declara nula parte o la totalidad de una o varias cláusulas de un préstamo y señala que también deben imponerse a las entidades aun cuando los consumidores «no hayan interpuesto un recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia por la no imposición de costas».

El alto tribunal, el pasado 20 de abril 2023 ha dictado una sentencia, y en el fallo se recoge la aplicación de criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 16 de julio de 2020 que estableció, que la lucha contra las cláusulas abusivas no conlleve un coste para el consumidor que le disuada de ejercer su legítimo derecho a recuperar lo que como consecuencia de la imposición de aquellas nunca debió pagar.

Así aun cuando no se haya recurrido la no imposición de costas por el juzgado, procede declararlas a favor del consumidor siempre que nos encontremos ante resoluciones judiciales que han reconocido la nulidad de una cláusula por ser abusiva.