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Derecho de familia: patria potestad y guarda y custodia

Lo normal es que tanto el padre como la madre ejerzan por igual y de común acuerdo todas las funciones como padres sobre sus hijos. Pero, ¿qué pasa cuando estos se separan o se divorcian? Es aquí cuando debemos tener bien claros estos dos conceptos que a veces se confunden: ¿qué es la patria potestad y la guarda y custodia?

Por motivos de desacuerdo entre ambos progenitores cuando hay una separación o divorcio es conveniente tener claras las diferencias entre las distintas figuras jurídicas. Para ello, vamos a recurrir al Código Civil, a partir del art 154, que regula la patria potestad.

¿Qué es la patria potestad?

La patria potestad es el conjunto de derechos, deberes y atribuciones que tienen los padres sobre sus hijos menores de edad, no emancipados o incapacitados. Independientemente de si están casados o no.

Entre sus funciones están:

  • Asistirlos: higiene, salud, cuidado diario, atención.
  • Darles educación y formación: estudios, comportamiento, cultura.
  • Representarlos legalmente: de sus hijos no emancipados o incapacitados
  • Administrar sus bienes: aunque los bienes pertenezcan a los hijos, corresponde a los padres su administración, exceptuando algunos casos.

La obligación de los padres de ejercer la patria potestad termina cuando el hijo cumple la mayoría de edad, salvo cuando el hijo sea incapacitado. Hablamos de patria potestad prorrogada.

También hablamos de patria potestad rehabilitada cuando los hijos mayores de edad solteros conviven con los progenitores y son declarados incapaces.

¿Cuándo se extingue la patria potestad?

Según el art 156 del Código Civil, la patria potestad la ejercen tanto el padre como la madre sin opción de renuncia. Es decir, es obligatorio e intransferible salvo que se den estos supuestos que mencionamos a continuación.

Únicamente se extingue la patria potestad en los siguientes casos:

  • Emancipación del hijo.
  • Muerte o fallecimiento del padre o hijo.
  • Adopción del hijo.
  • Sentencia judicial (por malos tratos o incumplimiento de obligaciones sin justificación).

¿Qué es y qué implica la guarda y custodia?

Después de analizar qué es la patria potestad, es hora de conocer con más detalles la guarda y custodia. Se trata de un conjunto de decisiones ordinarias que afectan a la convivencia, cuidado y asistencia diaria con los hijos menores de edad, esto es, que viven bajo su techo.

En caso de divorcio o separación, padre y madre deberán ponerse de acuerdo para facilitar la guarda y custodia de los menores. Pero a veces es difícil llegar a un acuerdo.

Y, ¿qué se tiene en cuenta para otorgar la guarda y custodia a uno u otro progenitor?

  • El interés del menor.
  • El informe psicosocial exigidos por ley por los juzgados.
  • El derecho de audiencia de los menores.
  • No separar a los hermanos.
  • El tiempo de los progenitores.
  • El lugar de residencia.

¿Y cuándo se le puede quitar la guarda a un padre o madre?

  • Hay negligencias en el cuidado, higiene y alimentación del pequeño.
  • Por una atención médica insuficiente.
  • No tener escolarizados a los menores o les permite faltar de forma regular.
  • Usar violencia física, emocional o sexual (en casos extremos, se puede incluso llegar a perder la patria potestad).
  • Consumo de droga so alcohol, demostrándose que esto afecta al cuidado de los menores.
  • Por utilizar a los hijos en contra del otro, vulnerando los derechos de los hijos. Esto provoca en algunos niños el síndrome de alienación parental.
  • El padre o madre que tiene la custodia se traslada a otro lugar y afecta a la estabilidad de los hijos. El otro progenitor puede pedir la custodia.

Patria potestad vs guarda y custodia

No confundas estos dos términos, pues son dos figuras jurídicas diferentes.

Por un lado, la patria potestad se refiere a la representación general y administración de bienes de los hijos menores de edad. Por norma general, por el hecho de ser los padres siempre la tendrán, salvo situaciones extremas donde haya malos tratos.

En cambio, la guarda y custodia hace referencia a la convivencia diaria y habitual con los hijos menores. En este caso, puede ejercerla uno de los progenitores de forma exclusiva o ambos de forma compartida (por decisión de un juez o decisión judicial).

La custodia compartida es cada vez más habitual, donde ambos progenitores comparten las tareas y cuidados a partes iguales.

Po tanto, en caso de separación o divorcio, la patria se ejerce conjuntamente. Mientras que la guarda y custodia se le atribuye a uno u otro (custodia monoparental), o a los dos (custodia compartida).

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