¿Cómo demostrar el acoso laboral?

 El acoso laboral es un acto delictivo que está regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil, ya que existe una vulneración de los derechos fundamentales del trabajador. 

La principal barrera que el trabajador se encuentra para denunciarlo es la falta de pruebas para demostrarlo. No obstante, nuestro ordenamiento jurídico ve suficiente que el trabajador aporte indicios que demuestren cualquier sospecha de acoso moral en el ámbito laboral.

Dada la importancia que tiene este tema en la actualidad, desde Práctica Legal queremos explicar la relevancia que tiene la obtención de pruebas, qué tipos de pruebas son válidas, si existe otra forma de demostrarlo y cómo denunciarlo.

¿Qué es el acoso laboral o mobbing?

El acoso laboral, también conocido como mobbing, se refiere a un conjunto de conductas dañinas y hostiles que una persona experimenta en el entorno de trabajo. Estas conductas pueden englobar:

  • Acoso psicológico
  • Hostigamiento o insultos
  • Discriminación
  • Abuso de poder
  • Intimidaciones
  • Vejaciones
  • Degradaciones
  • Humillaciones
  • Rumores falsos

El acoso laboral implica una violencia emocional y verbal constante, como insultos, amenazas y difamación, lo que puede resultar en estrés laboral, daño emocional y consecuencias negativas para la salud mental de la víctima. 

El acoso hacia un trabajador puede ser impulsado tanto por otro compañero como por un superior.

¿Cómo denunciarlo?

Denunciar a la empresa el acoso laboral es el primer paso para intentar poner fin a esta conducta perjudicial en el entorno de trabajo. 

Así que deberás documentar de manera meticulosa y detallada el acoso, incluyendo fechas, testigos y pruebas tangibles como correos electrónicos o mensajes. 

Si la situación persiste o no se aborda adecuadamente, es recomendable buscar asesoramiento legal y presentar una denuncia formal ante las autoridades judiciales. Por esta hay tres formas de hacerlo:

  • Vía laboral: se utiliza cuando el trabajador busca poner fin a su contrato laboral, acceder al subsidio por desempleo y reclamar una indemnización por despido.
  • Vía penal: se emplea cuando la víctima del acoso laboral desea que el acosador se enfrente a consecuencias legales. El Código Penal establece penas que oscilan entre 6 meses y 12 años de prisión por estos delitos, y también permite solicitar una compensación económica por los daños causados.
  • Vía administrativa: si el trabajador trabaja en la administración pública.

¿Qué pruebas necesito para demostrar acoso laboral?

Para demostrar acoso laboral de manera efectiva, se requiere una sólida recopilación de pruebas que respalden las afirmaciones. 

Estas pruebas pueden incluir:

  • Correos electrónicos que lleven una conducta hostil en contra del trabajador (comentarios denigrantes, amenazas, chantajes, mandar tareas degradantes o por debajo de su categoría profesional)
  • Mensajes de WhatsApp y redes sociales (este tipo de pruebas no supone ninguna vulneración a la intimidad ni al secreto de las comunicaciones)
  • Grabaciones de audio
  • Testimonios de testigos
  • Informes médicos que documenten el estrés laboral, 
  • Partes médicos de baja que puedan demostrar que la situación se repite en el tiempo
  • Actas de Inspección de trabajo
  • Informe pericial médico o psicológico

Además, es fundamental llevar un registro detallado de las incidencias, indicando fechas, lugares y descripciones precisas de los incidentes. La consistencia en la documentación es clave. 

Para la vía judicial, además de evidenciar cualquier tipo de prueba, es importante el informe pericial psicológico, donde se valorará y analizará la situación de la víctima. Este informe es de carácter judicial, probatorio, es decir, que los jueces lo tendrán en cuenta.

Contar con un abogado laboral será beneficioso para determinar qué pruebas son necesarias y cómo presentarlas de manera efectiva para proteger los derechos y la integridad de la víctima.

¿Cuáles son las consecuencias legales?

Las personas que han sufrido mobbing en el entorno laboral tienen derecho a recibir una compensación económica. 

Esta compensación guarda similitudes con la que corresponde en casos de despido improcedente, según lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores, que establece el pago de 33 días por año trabajado.

Además, está la posibilidad de acceder a prestaciones por desempleo y a solicitar una compensación adicional por los daños y perjuicios sufridos.

Estas indemnizaciones varían en función de la duración del acoso o de la gravedad de sus consecuencias, y se calcula aplicando el Baremo de Tráfico y la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social. 

Ten en cuenta de que en caso de que se recurra a la vía penal, se podrá solicitar una compensación por daños y perjuicios, pero no por despido improcedente, dado que el acosador se enfrentaría a sanciones penales que pueden incluir penas de prisión.