¿Qué partidas salariales no se pagan durante las vacaciones?

Durante el periodo vacacional, es importante disipar todas las dudas sobre los conceptos que no formarán parte de tu remuneración. ¿Sabes cuáles son esas partidas salariales que no se pagan durante las vacaciones?

El trabajador deberá percibir el mismo salario que le corresponde en caso de acudir al trabajo, aunque existen algunas partidas excepcionales que aun estando habitualmente dentro de la nómina del empleado, no se tienen por qué cobrar. A continuación, te desvelamos cuáles son.

Partidas salariales que no se pagan en vacaciones

Una de ellas son las horas extras, esas horas adicionales en las que se trabaja más de la jornada laboral normal y que, por tanto, no se incluyen en el cálculo del salario durante las vacaciones.

Además, es común que bonos y comisiones, que suelen estar vinculados al cumplimiento de objetivos o rendimiento, no se paguen durante ese tiempo de descanso. 

También los complementos salariales, como el plus de transporte o de alimentación, no se consideran durante las vacaciones, ya que están ligados a la asistencia o al desempeño en el lugar de trabajo.

Es importante tener en cuenta que las vacaciones no remuneradas implican una ausencia de ingresos durante ese periodo. Si se trata de vacaciones no pagadas, el empleado no recibirá ningún tipo de compensación económica durante esos días de descanso.

Sin embargo, es necesario revisar el contrato laboral y la legislación vigente para conocer los detalles específicos sobre cómo se gestionan las partidas salariales durante las vacaciones en cada caso particular. Además, es recomendable buscar asesoría legal o sindical si tienes dudas sobre los derechos y beneficios laborales durante el periodo vacacional.

La retribución de las vacaciones

El cálculo de la remuneración durante las vacaciones se basa en lo establecido en el convenio colectivo aplicable. Pero en caso de no existir un convenio, hay que seguir lo dispuesto por la Organización Internacional del Trabajo (OIT):

  • Durante el periodo vacacional, el trabajador tiene derecho a recibir una compensación equivalente a una retribución normal o promedio. Esta cantidad debe ser pagada antes del inicio de las vacaciones, a menos que exista un acuerdo diferente entre la empresa y el empleado.
  • Únicamente se pueden excluir del pago aquellos conceptos que no tengan carácter salarial y tengan una naturaleza indemnizatoria.

Por lo tanto, la remuneración de las vacaciones corresponde al mismo salario que el empleado percibe en su jornada ordinaria de trabajo.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que el convenio colectivo puede excluir ciertas partidas salariales, como el plus de nocturnidad (y los que hemos mencionado en el apartado anterior), de la remuneración durante las vacaciones.

¿Qué entendemos por retribución normal?

En términos generales, la retribución de las vacaciones debería abarcar todos los conceptos salariales habituales en su promedio:

  • Salario base.
  • Complementos personales, como los relacionados con la antigüedad o el dominio de idiomas.
  • Otros complementos, como los de penosidad, toxicidad, nocturnidad o turnicidad.

Por otro lado, quedarían excluidos de la retribución de las vacaciones:

  • Horas extras.
  • Primas e incentivos.
  • Conceptos no salariales, como dietas o el plus de transporte.

Sin embargo, estos últimos conceptos podrían incluirse en la retribución de las vacaciones si así se acordó en el convenio correspondiente.

Además, es importante tener en cuenta la sentencia del Tribunal de la Unión Europea del 22 de mayo de 2014, que establece que las comisiones deben incluirse en la retribución de las vacaciones según el promedio obtenido.

Si quieres salir de dudas sobre la retribución de las vacaciones y qué partidas salariales no se pagan durante las vacaciones, teniendo en cuenta tu contrato y legislación, contáctanos y nuestros especialistas te asesorarán legalmente, velando por tus derechos y beneficios laborales.