Fin de la moratoria concursal

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Salvo que el gobierno apruebe una nueva ampliación (que no parece probable), el próximo 30 de junio finaliza el plazo de la denominada moratoria concursal, prorrogado por el Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre.

 

La moratoria concursal, ha supuesto la exención del deber de solicitar concurso de acreedores voluntario a aquellas personas que se encontraban en estado de insolvencia. También ha evitado la admisión a trámite de los concursos necesarios instados por los acreedores. Y prima las solicitudes de concurso voluntario presentadas hasta la citada fecha de 30 de junio de 2022,  sobre las de concurso necesario, aunque aquellas sean de fecha posterior estas.

 

Por ello, aquellos deudores que estén en una situación de insolvencia, deberán presentar las solicitudes de concurso voluntario hasta el día 30 de junio. De no hacerlo podrían encontrarse con el concurso necesario instado por cualquiera de sus acreedores, con consecuencias perjudiciales para el propio deudor y sus administradores (de ser personas jurídicas).

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