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Restricciones actuales en el sector laboral en tiempos de Covid-19

El pasado 25 de octubre se decretó de nuevo en España el Estado de Alarma. Aunque en este caso no hay un confinamiento puro y duro en todo el país, sí se han puesto en marcha algunas medidas, entre ellas el toque de queda y las restricciones de movilidad. Pero, ¿cómo afecta esto a los comercios y a las empresas?

Por un lado, el toque de queda trae consigo el cierre temprano de los establecimientos y el cierre de muchos bares y restaurantes. Para entender bien esta normativa y cómo afecta a los trabajadores, te recomendamos que nos acompañes en este artículo.

¿Qué es el toque de queda?

El toque de queda es una prohibición establecida por el Gobierno para circular libremente por la calle o estar en lugares públicos; quedándose así cada ciudadano en su domicilio, exceptuando casos de emergencia, necesidad o causa justificada.

El Consejo de Ministros, con el objetivo de doblegar la curva de contagios de la Covid-19, ha establecido un toque de queda obligatorio entre las 23 horas y las 6 horas. Se trata, por tanto, de una restricción de movilidad nocturna que el Ejecutivo ha dejado en manos de cada Comunidad Autónoma desde el día 9 de noviembre.

Cada Comunidad podrá determinar si el inicio de las restricciones comienza de 10 a 12 de a noche y acaba de 5 a 7 de la mañana. Por ejemplo, en Andalucía a partir del 9 de noviembre, se han confinado los municipios y todos los establecimientos tienen que cerrar a las 18 horas a partir del día 10, limitando de esta forma la actividad no esencial (menos Granada que ha decretado el cierre total de los comercios y restaurantes).

Pero, ¿qué empresas podrán seguir con su actividad durante el toque de queda? Independientemente de si son públicas o privadas, solo podrán continuar con su actividad durante el toque de queda aquellas que son de primera necesidad (en horario nocturno).

Cómo afecta a las empresas

¿Y qué pasa con aquellas personas que trabajan en esa franja horaria en la que se aplica el toque de queda? Estos trabajadores sí podrán desarrollar su actividad, ya que el Real Decreto determina que se permite la movilidad de personas durante el horario de restricciones cuando haya obligaciones laborales, empresariales, legales o institucionales.

En estos casos, si eres el dueño de una empresa y tienes trabajadores que se desplazan a tu empresa dentro del horario del toque de queda, debes facilitar a tus empleados una justificación de la empresa para cuando tengan que ir a su puesto de trabajo o volver a sus hogares. Este es el modelo oficial que las empresas deben facilitar al trabajador para desplazarse entre trabajo y lugar de residencia.

Con una justificación de este tipo, los desplazamientos que están permitidos son:

  • Regreso al domicilio. El domicilio tiene que ser el que se detalla en el certificado de empadronamiento o en el DNI.
  • Compra de medicamentos o asistencia sanitaria. En caso de urgencia o por causa justificada.
  • Echar gasolina. Siempre que se justifique por alguna de las causas desarrolladas aquí.
  • Cuidado de familiares dependientes.

No llevar justificación puede acarrear multas de hasta 3.000 euros.

Medidas para las empresas para afrontar la crisis

Esta normativa lleva a que se reformulen nuevas medidas para que las empresas puedan sobrevivir a este bache económico. Estas son algunas de ellas:

  • ERTE por fuerza mayor: Este tipo de ERTE se ha amoldado aún más a la crisis que ha provocado el Coronavirus. Por lo que supone un proceso distinto al resto de ERTES (por causas económicas, de producción, organizativas o técnicas).
  • ERTE por impedimento: Cuando un a ley obliga al cierre del establecimiento, las empresas pueden acogerse a este tipo de ERTE.
  • ERTE de reducción de jornada: Cuando un empresario, por causa de la Covid-19, ha tenido que reducir sus horarios y, por tanto, ha visto descender sus ingresos, es probable que necesite reducir la jornada de sus empleados.
  • ERTE por limitación: Este es el caso común de los restaurantes. Son negocios que pueden abrir pero con ciertas limitaciones, de aforos y horarios.

Sin duda alguna, uno de los sectores más afectados por el toque de queda son los restaurantes y los bares, que tendrán que suprimir las cenas; una franja horaria que durante el fin de semana suponía un impulso para sus cajas.

En otros países europeos como Francia o Bélgica, en cambio esto no les afecta tanto a los negocios de la hostelería, debido a la cultura del país. Además de las diferencias en cuanto a la cultura laboral, hay otro factor que también hay que destacar: el teletrabajo. Aunque en Cataluña ya se han implantado algunas obligaciones para teletrabajar, al resto de comunidades aún les falta pegar el salto y empujar a las empresas a la digitalización y a la transformación digital.