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Prevención de riesgos laborales: Obligaciones legales

Según datos de del Ministerio de Trabajo y Economía Social, durante los primeros seis meses de 2020, un total de 418 trabajadores fallecieron en un accidente laboral; lo que supone 47 personas más que en el mismo periodo del año pasado.
Esto es una cifra relevante y significa que la siniestralidad laboral sigue siendo un problema relevante en España, debido en gran parte a la falta de una cultura preventiva en la sociedad.

Es por esto que el reto para muchas empresas es fomentar una cultura preventiva. Y para empezar, esta debe quedar reflejada en un plan de prevención desde el minuto uno.

Por tanto, para evitar estos accidentes, los empresarios tienen la obligación legal de velar por sus trabajadores frente a los riesgos laborales. ¿Quieres saber cuáles son las obligaciones de las empresas en materia de PRL? Te lo contamos todo aquí.

¿Qué es la prevención de riesgos laborales?

Si tenemos que dar una definición de prevención de riesgos laborales o PRL, podemos decir que se trata de una serie de medidas adoptadas por la propia empresa, con el objetivo de reducir los riesgos procedentes del trabajo.

Por tanto, la PRL tiene el fin de fomentar la seguridad y salud de los trabajadores a través de la identificación, evaluación y control de los peligros de un entorno laboral.

Obligaciones legales en materia de PRL para el empresario

En la Constitución Española (en el artículo 40.2), ya se establece que los poderes públicos tienen que velar por la seguridad e higiene en el trabajo.

Además de este derecho básico de los trabajadores, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 14, ratifica que los trabajadores tienen derecho a una protección segura en el trabajo.

Aquellos autónomos que no tienen trabajadores a su cargo, no tendrán la obligación de implantar la PRL. Pero sí tendrán que hacerlo todos aquellos que tengan trabajadores a su cargo y aquellos que aunque no tengan trabajadores a su cargo, sí trabajen con otros trabajadores de otras empresas en cualquier centro de trabajo.

Asimismo, las empresas deben cumplir con unas obligaciones legales. Estas son las más importantes:

  • Valorar los riesgos según la actividad empresarial: Lo primero que debe hacer la empresa es recopilar información sobre los riegos a los que se exponen los empleados, quienes realizan una determinada actividad en su lugar de trabajo.
  • Gestionar la prevención: Para organizar la prevención en la organización, el empresario deberá planificar los materiales que necesitará, los medios técnicos, así como los humanos.
  • Poner sobre la mesa las posibles situaciones de emergencia: La empresa tendrá que prever determinadas situaciones de emergencia para implantar las medidas necesarias (primeros auxilios, evacuación si hay incendio, etc.).
  • Proporcionar EPIs cuando sea necesario: Si hay riesgos de que el empleado sufra un accidente, el empresario tiene que ofrecer equipos de protección individual.
  • Examinar frecuentemente con lupa el estado de los trabajadores: Si se han expuesto a determinados riesgos.
  • Garantizar protección a trabajadores con riesgos: Aquellos con alguna discapacidad, por ejemplo.
  • Velar por la salud de las trabajadoras que van a ser madres: El empresario debe evitar exponer a riesgos a las trabajadoras embarazadas, intentando de este modo, protegerlas y velar por su seguridad y la del feto.
  • Examinar los riesgos en menores de edad: Cuando haya menores en la empresa, esta debe considerar los riesgos expuestos en trabajadores menores de 18 años. Se considerarán algunas cuestiones como su precaria experiencia y los riesgos asociados a ese trabajo.
  • Dar las pautas y formación adecuada a los empleados: Todos los empleados deben, primero, recibir la información pertinente a la prevención de riesgos y en segundo lugar, deben obtener la formación necesaria sobre la PRL cuando van a ser contratados o cuando haya modificaciones en el proceso de tareas.
  • Llevar un seguimiento: Y conservar toda la documentación relacionada a las acciones de prevención, llevadas a cabo en la empresa (enfermedades, accidentes de trabajo, seguimiento de salud de trabajadores, evaluación de riesgos, etc.).

Por otro lado, el incumplimiento de estas obligaciones por los empleados, pueden acarrear sanciones. Por eso, los empleados deben cumplir todas las medidas de PRL impuestas por la empresa.

Diferentes modalidades para gestionar la prevención de riesgos laborales

Estos son los diferentes tipos legislativos que existen y sus características:

  1. Asunción por el propio empresario: Se pueden acoger a esta modalidad aquellas empresas con menos de 10 trabajadores (y un máximo de 25 cuando hay un único centro de trabajo). Además, sus actividades de empresa no deben estar recogidas en el Anexo I del RD 39/97 (estos son trabajos expuestos a radiaciones, sustancias tóxicas, productos químicos, obras de construcción, riesgos eléctricos, entre otros).
  2. Designación de uno o varios trabajadores: La empresa tendrá que nombrar a uno o varios trabajadores para que se encarguen del programa de prevención de riesgos.
  3. Constitución de un servicio de prevención propio: Para empresas de más de 500 empleados o empresas que realizan actividades recogidas en el Anexo I, que tienen entre 250 y 500 trabajadores. En este caso, el empresario debe constituir un servicio propio, constituido por su técnico de prevención.
  4. Contratación de un servicio de prevención ajeno: El empresario tiene la opción de contratar un servicio ajeno si él mismo no se ocupa, ni nombra a un trabajador para que se ocupe de esto.

El no cumplimiento de estas obligaciones por parte del empresario, ocasionará responsabilidades administrativas, civiles y penales. Estas sanciones pueden ir desde los 40 hasta los 819.780 euros.

Para evitar estas infracciones, te aconsejamos que busques ayuda de un profesional, que te asesore sobre las medidas para implantar en tu empresa, en materia de prevención de riesgos laborales. En Práctica Legal, disponemos de abogados especializados en PRL. ¡Consúltanos sin compromiso!