Imagen Post Seguro de Responsabilidad Civil, ¿qué es?

¿Qué es un seguro de responsabilidad civil?

Este tipo de seguro es el que responde cuando un empleado o cliente tiene un accidente laboral. O cuando un particular causa daño a un tercero. Sin embargo, el riesgo de cada contingencia y la cantidad a indemnizar variará en cada caso. Esto es lo que cubre la Responsabilidad Civil o RC.

La responsabilidad civil puede ser contractual o extracontractual. La RC contractual es una sanción convenida entre las partes cuando una de ellas incumple sus obligaciones.

Mientras que la RC extracontractual incluye indemnizaciones derivadas de daños o lesiones que el perjudicado no hubiera tenido el deber de soportar. Por ejemplo, en un accidente de tráfico, aunque no hay un contrato, el responsable debe indemnizar a la víctima por los daños y perjuicios causados.

Según el Código Civil, ¿qué es la responsabilidad civil?

Según el Código Civil, el art. 1902, “el que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Por lo que se exige a cada uno a responder por sí mismo o por aquellas personas de quienes se deban responder (art. 1903); esto es, los directores por sus empleados, los padres por los hijos, etc.

Por tanto, el concepto de responsabilidad civil (RC) supone una indemnización económica cuando se producen daños a terceros o en algunos casos supone un enfrentamiento judicial.

Seguro de responsabilidad civil: qué es

La RC es la obligación legal de remediar los daños o perjuicios ocasionados a un tercero. Para que exista una responsabilidad civil deben producirse los siguientes hechos:

  • Daño: incumplimiento contractual o daño. Puede afectar al patrimonio o a la persona.
  • Identificación de la actividad que ha generado el daño.
  • Vinculo de causalidad entre ambas partes.

Tipos de responsabilidad civil

A la hora de contratar un seguro de RC debemos preguntarnos a quién cubrirá. Y es que la RC difiere en cada caso.

  • Un seguro de RC para empresas o autónomo: protege frente a los daños a terceros ocasionados en el desempeño de la actividad comercial o empresarial.
  • Un seguro de RC para una familia: en estos casos es habitual contratar un seguro de responsabilidad civil para particulares, que cubrirá los daños causados por el asegurado, las personas o animales a su cargo.
  • Un seguro de RC para gerentes y administradores: protege por un lado el patrimonio personal de estos y por otro lado ofrece cobertura para las consecuencias económicas derivadas de procesos de defensas.
  • Un seguro de responsabilidad civil de caza y pesca: ofrece cobertura por lo daños a terceros derivados de estas actividades.

Es importante destacar en este apartado el seguro de responsabilidad civil profesional, que es el que hace frente a imprevistos derivados de una actividad profesional como asesorías, gestorías, despachos de abogados… Y en definitiva cualquier local o empresa que pueda verse ante este tipo de reclamaciones, donde se pueden cometer errores, negligencias y omisiones en la ejecución de la actividad que causen daños (perjuicios materiales o económicos) a un tercero.

¿Para qué sirve un seguro o póliza de responsabilidad civil?

Todas las empresas o autónomos necesitan un tipo de seguro de RC que se adapte a sus necesidades, teniendo en cuenta que las coberturas y cantidades reclamadas son diferentes.

Partiendo de que el daño a terceros supone una indemnización económica o un enfrentamiento judicial si no se llega a un acuerdo, se requerirá el pago de una cantidad de dinero que afecta al patrimonio de una persona y/o al capital de una empresa.

Para evitar estas pérdidas y caer en quiebra (y tener que responder ante una reclamación con nuestro patrimonio) lo recomendable es contar con un seguro de responsabilidad civil que responda a cada circunstancia que se dé.

Tanto a la hora de exigir responsabilidad civil como de defensa ante una demanda, se recomienda contratar a un abogado civil que esté especializado en esta materia.

Imagen Post Contratos de promoción, construcción y técnicos

¿Qué son los contratos de promoción, construcción y técnicos?

Al hablar de contratos de promoción tenemos que definir y dejar claro qué son los contratos de promoción delegada, los contratos forward funding y forward purchase. También hablaremos en este post de otros contratos de construcción como el de llave en mano y el de compraventa sobre plano.

Los que más confusión generan son los contratos de promoción o también llamados forward funding, que se establecieron en España por la influencia de promotores e inversores internacionales. En este tipo de contratos hay que destacar dos figuras importantes: vendedor-promotor y comprador-inversor.

Mientras que el primero es quien compra el suelo y se asegura mediante un contrato la financiación y venta, el segundo es el que aporta la financiación de un proyecto inmobiliario para obtener un inmueble construido con el fin de conseguir una rentabilidad.

Contrato de promoción delegada y forward funding: ¿es exactamente lo mismo?

Imagina que el propietario de un terreno tiene una parcela y quiere explotarla para conseguir rentabilidad mediante la construcción y promoción de inmuebles.

Este proceso es complejo, ya que consta de diferentes fases en las que se necesitan conocimientos técnicos. Por eso, el propietario contrata a un agente experto que será el que gestione cada una de las fases del proyecto: licitaciones, promoción inmobiliaria, contratación de seguros, auditorías, etc.

A la cesión de responsabilidades entre el promotor y el agente experto en la construcción de obras es lo que se denomina promoción delegada o también se le denomina development management. Cuando finalice la construcción, el control del proyecto pasará de nuevo al propietario que será quien lo explote comercialmente.

Ahora bien, encontramos el término forward funding, que es un contrato atípico porque no existe en el Derecho español una regulación de este contrato. Se caracteriza por incluir elementos y funciones de otros contratos típicos, como es el caso del contrato de promoción delegada. Así como también tiene rasgos a la compraventa de cosa futura, al préstamo o al arrendamiento de obras. A través de diferentes contratos se regula la financiación, comercialización y promoción, transmitiéndose al inversor la promoción futura.

¿En qué se caracteriza el contrato de forward funding?

En este caso, el promotor podrá realizar la gestión de tramitación y obra, de agente de comercialización, asumiendo el riesgo. Por lo que participará en el beneficio de la promoción inmobiliaria.

Es aquí donde hay que prestar atención, pues este contrato puede variar mucho dependiendo de cómo esté redactado, en materia de competencias y responsabilidades entre vendedor-promotor y comprador-inversor.

Hay que tener claro el contenido del contrato para relacionarlo con un contrato de promoción delegada o de forward funding. Por esto mismo, te recomendamos que te asesores con expertos en derecho inmobiliario para asegurarte del cumplimiento de la normativa aplicable al respecto.

Llamar al contrato por un nombre u otro dependerá de la relación entre promotor y el inversor y de las responsabilidades que para cada uno se deriven.

¿Y qué es el forward purchase?

El forward purchase es un contrato de compraventa de futuro edificio, en el que el promotor-vendedor se compromete a promover la construcción y comercialización del proyecto en un plazo estipulado. Por su parte, el comprador-inversor se compromete a pagar un precio por el proyecto ya comercializado, que le de rentabilidad. En término técnicos, se trataría de una compraventa de cosa futura.

En cambio, el forward funding o adelanto de financiación, es un contrato de compraventa de futuro edificio o cosa futura, en la que el promotor-vendedor promueve la construcción y comercialización en un plazo, con financiación adelantada del inversor-comprador.

Contrato de llave en mano

El contrato de llave en mano es un acuerdo entre propietario y contratista, donde este último se encarga de la mayoría de los trámites para realizar la obra y llevar a cabo el proyecto.

Esto conlleva gestionar los documentos técnicos necesarios para ejecutar las obras, solicitar las licencias municipales, subcontratar a otros expertos, selección de material y ejecutar la obra hasta que finalice.

Todo ello a cambio de un precio cerrado y en un plazo estipulado.

Aunque es el contratista el que tiene libertad para hacer y deshacer como quiera, ya que el propietario no es ningún técnico de obra, no quiere decir que el propietario no se implique ni tome decisiones importantes.

A diferencia de otros contratos donde no se abarca la totalidad de la obra (el contratista solo se ocupa de la coordinación, por ejemplo), en este caso el contrato es único porque es el contratista el que se encarga de todo el proceso de obra y en él deben detallarse todas sus responsabilidades.

El contrato de compraventa sobre plano

Es un tipo de contrato que se utiliza para comprar una vivienda que aún no existe. De esta forma, el comprador consigue la vivienda a un buen precio y puede pagar sin financiación bancaria. Además, este puede realizar cambios, previo acuerdo con el promotor, que supongan menos costes.

Para el promotor supone un porcentaje de beneficio alto al vender antes de que haya sido construida.

Sin embargo, este tipo de contratos en los últimos años ha sido problemático. Existe la probabilidad de que muchos inmuebles entregados por el promotor no cumplan con las características, superficie u orientación pactadas el día de la compra.

En este sentido, la jurisprudencia ha determinado que toda publicidad realizada a contratos de compraventa futura, incluyendo los planos técnicos, son vinculantes para las partes.  Y cualquier desviación no consentida o pactada se considerará un incumplimiento contractual.

En este post hemos hecho un breve recorrido de los contratos de promoción inmobiliarios más comunes que pues encontrarte. Si tienes dudas sobre estos u otros, te recomendamos que contactes con nosotros para ayudarte y asesorarte sobre contratos de promoción y construcción.

Imagen Post Conferencia de Responsabilidad Medioambiental

Conferencia sobre Responsabilidad Medioambiental

Grupo Galilea junto a Práctica Legal Abogados organiza la conferencia sobre Responsabilidad medioambiental: “14 años después … consecuencias jurídicas empresariales y nuevos retos penales y civiles”

En el año 2007 vio la luz la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Ambiental. Esta ley, prevé un sistema de responsabilidad de los operadores industriales encaminado a la reparación de los recursos naturales y los servicios queprestan éstos en caso de producirse un daño de carácter significativo.

Es una concreción del denominado principio “quien contamina paga”, pero en este caso “repara”, por lo que la ley establece un sistema de suscripción de garantía financiera según la exigencia de la responsabilidad ambiental de cada unade las empresas u operadores que regulan el mercado.

Dicha garantía financiera a la que se refería la ley 26/2007, es ya exigible a partir del 16 de octubre pasado según la Orden TEC/1023/2019, de 10 de octubre, en donde se obliga a aquellas empresas cuyos sectores industriales se especifican en el anexo III de la ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, a responder financieramente y reparar los daños causados si la actividad del operador o la empresa causante está incluida dentro de las empresas clasificadas como de prioridad 3 de dichoanexo III de la ley.

En esta jornada, tendremos la ocasión de analizar las implicaciones que toda empresa en general deberá afrontar no solo desde la óptica legal, (Civil y Penal) sino también desde la responsabilidad administrativa repercusiones económicas y sanciones muy importantes por incumplimiento en caso de daños severos al medioambiente.

Nos acompañarán en esta conferencia prestigiosos ponentes del ámbito jurídico/fiscal, así como expertos asesores en materia medioambiental que nos indicarán también como analizar y evaluar estos riesgos medioambientales y que soluciones aporta hoy el mercado financiero /asegurador para cumplir con las exigencias de la ley.

Imagen Post cartel Conferencia de Responsabilidad Medioambiental

Lista de ponentes

MODERADOR: D. Casimiro Rey (Director de Empresas e Internacional de Grupo Galilea C.S.A)

PONENTES:

  • Bienvenida: D. José Mª Galilea (Presidente de Grupo Galilea C.S.A.)
  • Visión Jurídica: Dña. Ana Ruiz (Abogada Práctica Legal Abogados, miembro de la junta directiva de AGERS)
  • VisiónConsultora: D. Angel Escorial (Director General de RISKIA)
  • Área Penal: D. José María Planchat Teruel, Magistrado Presidente de la Sección 8ª (Penal) de la AudienciaProvincial de Barcelona

La conferencia tendrá lugar en el Auditorio de la compañía de seguros FIATC ubicado en Av. Diagonal, 648, 08017 de Barcelona, con una capacidad de 170 asistentes. El evento tendrá lugar el próximo día 25 de noviembre de 17h a 19h y los asistentes podrán adquirir sus acreditaciones gratuitas online a través de la plataforma EventBrite a través del siguiente enlace.

El evento también podrá ser seguido online a través de una retransmisión en streaming también gratuita. El enlace al evento online será promocionado en la web de Grupo Galilea y en sus diferentes redes sociales.

Para ampliar información a los medios y solicitar acreditaciones de prensa se ruega mandar email a comunicaciones@grupogalilea.com o rellenar el formulario que encontraran en en la URL del evento.

 

Josep Mª Galilea

Presidente de Grupo Galilea

Imagen Post Libertad de Expresión

Libertad de expresión y sus límites legales

La libertad de expresión es un derecho fundamental de los ciudadanos, recogido en la Constitución Española. Sin embargo, a veces chocan con otros derechos fundamentales y que también hay que proteger, como son el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen, a la protección de la juventud y de la infancia.

De hecho, en los últimos años, con el boom de Internet y las redes sociales, muchos han cometido un delito al realizar una crítica social de algo que están viviendo en el mundo actual por decir ciertas afirmaciones.

Para evitar este tipo de delitos es conveniente saber qué es la libertad de expresión y cuáles son sus límites. Vamos a ello.

¿Qué es la libertad de expresión?

La libertad de expresión es un derecho fundamental que queda recogido como hemos dicho en la Constitución (art. 20.1), donde se recogen una serie de derechos:

  • A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
  • A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
  • A la libertad de cátedra.
  • A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

Este derecho también está recogido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 19):

“Todo el mundo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye la libertad a mantener opiniones sin interferencias y a buscar, recibir e impartir información e ideas a través de cualquier medio sin tener en cuenta las fronteras”.

En definitiva, podemos decir que la libertad de expresión tiene la función de proteger la manifestación de ideas, pensamientos y opiniones emitidas mediante cualquier medio sin censura e independientemente de que la información sea fiable o no.

Esa libertad es la que permite a alguien manifestar sus creencias, pensamientos e ideologías, sin sufrir ninguna intromisión. Y expresar su individualismo.

Los límites de la libertad de expresión

En el sistema de derecho español no existe una jerarquía de derechos, donde prevalezca más uno que otro. Por lo que son los derechos fundamentales los que se limitan entre ellos cuando dos o más derechos fundamentales entran en conflicto.

Dependiendo del contexto y de la circunstancia concreta prevalecerá uno u otro.

El uso de palabras, comentarios que inciten al odio, injurias, calumnias, cuando se haga apología al terrorismo, entre otros, puede atentar contra la integridad o el honor de otros. Y aquí es cuando se vulneran otros derechos fundamentales y la libertad de expresión pasa a ser un delito o falta, siendo el juez el que sentencie por ello.

Veamos algunos casos como ejemplos donde dos o más derechos fundamentales chocan:

Enaltecimiento al terrorismo

La Audiencia Nacional condenó al rapero Valtonyc a 3 años y medios de cárcel por el contenido de las letras de sus canciones. En ellas, la Audiencia considera que hay un enaltecimiento del terrorismo, con calumnias e injurias graves hacia unos personajes públicos.

Lesión del derecho al honor

Pongamos el ejemplo del torero Víctor Barrio, que falleció por la cogida de un toro. El dilema viene cuando un profesor compartió por una red social, en tono irónico y sarcástico, este hecho y manifestó su alegría por ello.

Ante este hecho, la viuda del torero consideró esto como una lesión a su honor, como un delito de injurias.

El acusado fue absuelto. No obstante, en otro proceso por los mismos hechos, el Tribunal ratificó la condena a una concejala por sus mensajes en redes sociales después de la cogida del torero.

Ofensa contra sentimientos religiosos

Otro caso que también tuvo eco en los medios de comunicación fue el del actor Willy Toledo, quien fue absuelto de un delito de ofensa contra los sentimientos religiosos en redes sociales.

El actor argumentó que esos mensajes no demuestran que exista delito. Y es que para que haya delito, el sujeto debe actuar con el claro fin de ofender y de menoscabar los sentimientos religiosos de un grupo.

Y así fue como en el juicio oral, el actor explicó que su intención no fue ofender, sino mostrar su disconformidad y ejercer su derecho a la libertad de expresión. Asimismo, asintió que, aunque un determinado grupo se sienta ofendido, eso no quiere decir que sea un delito si el sujeto no tiene la intención de ofender.

Como ves, el derecho de la libertad de expresión, aunque es un derecho fundamental, es limitado y tiene que ejercerse respetando otros derechos.

Esa limitación se presencia cuando a través de comentarios, expresiones o afirmaciones se vulneran derechos de otros, como el derecho de honor, intimidad e integridad; así como también en el momento en el que aparecen conductas que se transmiten a través de redes sociales, como la incitación al odio, apología del terrorismo, injurias o calumnias.

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Cómo denunciar una estafa online

El boom digital y las compras online han traído muchas ventajas, aunque también algunos riesgos que los usuarios desconocen y a los que no están preparados. Las estafas online son una realidad cada vez más frecuentes debido al aumento de transacciones electrónicas.

Pero, ¿una estafa online es denunciable? Sí y está recogida en el art. 248 del Código Penal.

¿Qué se consideran estafas online?

Según la ley, un delito online debe tener dos características principales: que haya ánimo de lucro y que exista engaño. Para que sea considerado como delito, la estafa debe ser superior a 400 euros.  Si es menor a esta cantidad, es una falta de estafa.

Aunque también existen estafas online como el phishing que no tienen motivación económica, sino robar los datos personales o las credenciales de alguien para acceder a sus sitios webs y cuentas.

Se consideran estafas por la ley los siguientes actos:

  • Cuando con ánimo de lucro se engaña a otros para que cometan un error, induciéndolos a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
  • Los que manipulan la informática, con ánimo de lucro, para conseguir una transferencia no consentida en perjuicio de otro. Es lo que se llama phishing o pesca en Internet.
  • Por otro lado, están los que fabrican o facilitan programas informáticos destinados a la comisión de las estafas. Estos son los gusanos y troyanos que detectan contraseñas.
  • Y, por último, se encuentran los que realizan operaciones usando tarjetas de crédito o débito, y otras formas de pago, en perjuicio del titular o de un tercero.

Pasos para denunciar una estafa online

Si has sido víctima de una estafa por Internet, no pienses que está todo perdido. Puedes recuperar lo que es tuyo y evitar que alguien más caiga en el engaño. Te recomendamos que sigas los siguientes pasos:

1. El primer paso es recopilar todas las pruebas de la estafa online. Haz capturas de pantalla, guarda documentos en PDF, justificantes de pago, direcciones de correo, SMS, etc. En definitiva, cuantos más datos tengas del timador, mejor.

2. Ve a un notario para que dé fe de las pruebas.

3. Pon la denuncia de los hechos, explicando todos los detalles y aportando las pruebas que recopilaste. Puedes poner la denuncia en la Policía (por teléfono o a través de su página web), en la Guardia Civil y en las policías autonómicas (también tienen unidades especializadas en estafas online). También se puede poner la denuncia en el juzgado de guardia.

4. Ve acompañado de un abogado para que te guíe en todo el proceso. Además, habrá que personarse para presentar las pruebas y proponer en el escrito de acusación la pena y responsabilidad civil que se consideren oportunas.

5. Si el timador se ha hecho con tus datos personales, número de tarjetas o ha podido acceder a tu banca online, cambia todas tus contraseñas y hazlas más seguras. Si tienes dudas, cancela tus tarjetas y observa los movimientos bancarios durante los próximos días.

Consecuencias penales

Dependiendo de la cantidad estafada, hablaremos de delito leve, delito de estafa tipo básico y grave:

  • Delito leve: no supera los 400 euros. Se impondrá una multa de entre 1 y 3 meses.
  • Delito de estafa tipo básico: si supera los 400 euros y es menos de 50 mil euros, está castigado con penas de prisión (6 meses a 3 años). Si se castiga con una pena menos de 2 años, se podría sustituir la pena con una multa, aunque deberá cumplir con ciertos requisitos.
  • Delito grave de estafa: hay agravantes que pueden elevar la pena a 6 años si supera los 50 mil euros, si ha afecta a muchas personas, ha causado daños graves a la víctima, ha sido condenado a tres o más delitos de estafa, abuso de titularidad, entre otros.

Si necesitas un abogado especialista en estafas online y delitos informáticos, contacta con nosotros para asesorarte y ayudarte con los trámites pertinentes.

Imagen Post Denuncia Anónima

Cómo poner una denuncia anónima

Al hablar de denuncia anónima nos referimos a avisar a las autoridades, de forma secreta, de un hecho delictivo. Esto significa denunciar un hecho sin que la identidad del denunciante se dé a conocer. No obstante, lo más conveniente es aportar todos los datos posibles a la investigación policial para que haya más posibilidades de resolver el caso lo antes posible.

Las denuncias anónimas se pueden realizar por teléfono, Internet o en comisaría. Y puede ser interpuesta por cualquier ciudadano. Este puede ser víctima, testigo o perjudicado de un hecho que se encuentra fuera del límite legal.

La forma más rápida de comunicar una denuncia en el momento exacto que se están desarrollando los hechos es mediante una llamada de teléfono o a través del formulario adecuado por Internet.

¿Qué es una denuncia anónima?

Las denuncias anónimas, en las que el denunciante no proporciona sus datos personales, se hacen por un claro motivo: por miedo a represalias por parte de la persona o empresa que se ha denunciado. Prefiriendo de este modo preservar su identidad para evitar conflictos.

El hecho de ser anónima no implica que no se tome en cuenta ni se investigue, siempre que la denuncia sea creíble y aparente verosimilitud.

En este sentido, la policía, la Guardia Civil y cualquier organismo público tiene que tener habilitado un sistema de presentación de denuncias anónimas.

Cómo denunciar anónimamente ante un delito laboral

Una de las denuncias anónimas más comunes es la que se presenta contra la empresa en la que se trabaja. Este tipo de infracciones laborales se puede hacer a través del buzón de denuncias anónimas por Internet.

Con este sistema cualquier ciudadano puede notificar conductas de fraude laboral para que se investiguen. Una vez que llega la denuncia a la Inspección de Trabajo, se analizará y se valorará que haya indicios suficientes para proceder así a la investigación.

Tan solo hay que rellenar el formulario, dando detalles de la infracción y hacer clic en enviar. Sin necesidad de dar información personal de la persona que denuncia.

Además del buzón, existen otros medios a la hora de poner denuncias laborales:

  • Denunciar ante los Tribunales, ante los Juzgados de lo Social.
  • Rellenar un formulario en la web de Inspección de Trabajo. En este caso, la denuncia no puede ser anónima. El denunciante tendría que identificarse, con garantía por parte de la inspección de confidencialidad sobre el origen de la información.

Cómo denunciar la violencia de género de forma anónima

Ya sea víctima o un testigo que haya presenciado una situación de violencia de género, está en el deber de presentar una denuncia.

En estos casos, la víctima suele presentar una denuncia anónima por miedo a su agresor. Así se aseguran que no se conozca su identidad y sentirse más seguro o segura.

Tanto si es una mujer o un hombre que esté sufriendo de violencia de género, lo más recomendable es denunciar (anónimamente si lo prefieres) a la policía o llamar al 016.

Asimismo, la víctima puede recurrir a una orden de protección, donde se incluye orden de alejamiento, retirada de la custodia de los hijos y retirada de armas.

Denuncia anónima en la Agencia Tributaria

Hacienda creó la opción de poder denunciar de forma anónima para aquellos que infringiesen la normativa tributaria. Y estas pueden realizarse por dos vías:

1. De forma presencial, rellenando el formulario, imprimiéndolo y presentándolo en una delegación.

2. De forma online, en la sede online de la Agencia Tributaria, puedes encontrar el formulario, siguiendo los siguientes pasos:

  • Dirígete a la página web de la agencia Tributaria.
  • Haz clic en “Todas las gestiones”.
  • Elige “Otros servicios”.
  • Clic en “Denuncia tributaria” y selecciona la que corresponda.
  • Pulsar “sin identificación” o “con certificado o DNI electrónico / Cl@ve PIN
  • Rellenar los campos, adjuntar la documentación y seguir todos los pasos.

Hay que tener en cuenta que estos son los ámbitos en los que se puede denunciar ante la Agencia Tributaria: denuncia ordinaria, de facturas y tickets no declarados, de softwares tras ocultación de ventas, de comercio electrónico y fraude web y de alquiler de inmuebles.

Cómo denunciar el tráfico de drogas anónimamente

Puedes llamar al 091, ir a comisaría o hacerlo online. Dirígete al sitio web de la Policía Nacional, en la sección de Colabora y ahí encontrarás la forma de contactar para emergencias. También pues contactar a través de sus redes sociales.

Otra forma de denunciar el tráfico de drogas es a través del email antidroga@policia.es que está gestionado por la Brigada Central de Estupefacientes de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (UDYCO).

En definitiva, estos son los casos más frecuentes de denuncia anónima y las vías para ponerla. Pero recuerda que cualquier ciudadano puede interponer una denuncia anónima en la policía y lo puede hacer vía presencial u online.

Para las denuncias online, la página web de la Policía tiene una sección de preguntas frecuentes que ayuda a resolver muchas dudas al respecto. Y, además, te especifica qué hechos no son denunciables por la oficina virtual de denuncias del Cuerpo Nacional de Policía.

¿Quieres denunciar un hecho de forma anónima y necesitas la ayuda de un abogado que te asesore? Contáctanos aquí.

Imagen Post daños y perjuicios: conoce su indemnización

Daños y perjuicios: concepto e indemnización

En el día a día y en el transcurso de cualquier actividad hay algunos riesgos que pueden dañar a terceras personas. Y, en concreto, la legislación establece que la víctima que sufra daños tiene derecho a una indemnización por los daños y perjuicios que ha sufrido.

A continuación, vamos a profundizar qué tipos de daños hay y algunos puntos clave que engloba la ley donde se regulan los daños y perjuicios.

¿Qué son los daños y perjuicios?

Los daños y perjuicios están regulados en el Código Civil. En términos sencillos, los daños son los deterioros y desperfectos producidos a una persona o un bien y los perjuicios son el ingreso que debería de recibir por el bien o patrimonio dañado.

Por un lado, los daños se refieren al desperfecto en un bien, parte del patrimonio, daños morales o el menoscabo en la persona misma. Mientras que el perjuicio hace referencia al daño patrimonial, esto es, al menoscabo económico del perjudicado.

Tipos de responsabilidades

Dependiendo de si tenemos relación con la persona que nos causa el daño, hablamos de dos tipos:

  • Responsabilidad civil contractual: hay un vínculo con la persona que causa el daño. Por ejemplo, el incumplimiento de un contrato.
  • Responsabilidad civil extracontractual: no hay ningún contrato entra ambas partes. Por ejemplo, el daño provocado en la vía pública, daños sobre el honor de una persona o daños ocasionados en la vivienda de un vecino.

Centrándonos en esta última, el Código Civil recoge lo siguiente:

“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Tipos de daños

Los daños pueden ser patrimoniales, personales y morales. Por lo que si un tercero nos causa algún daño de este tipo se le puede reclamar dinero para reparar ese daño. A esto le llamamos reclamación de daños y perjuicios.

Daños patrimoniales

Estos son los que afectan al patrimonio del afectado. Y hay dos subtipos:

  • Daño emergente: referente a la cuantía económica que pierde la víctima por esos daños y perjuicios. Por ejemplo, cuando alguien tiene un accidente en la calle porque el pavimento está en mal estado. Si lo hospitalizan y lo operan, puede generar ciertos gastos que denominamos emergente.
  • Lucro cesante: es lo que ha dejado de obtener por el daño sufrido. Esto es cuando alguien deja de trabajar por las secuelas del daño sufrido.

Daños extrapatrimoniales

Son los que afectan a los derechos y bienes de la víctima. Por lo que son daños cuantificables y subjetivos. Estos pueden ser los que afectan al honor, propia imagen, dignidad, integridad física o reputación.

Y además la reclamación de estos daños son compatibles con los daños materiales si se producen.

  • Daños morales: afectan a la reputación, dignidad y honor.
  • Daños corporales: afectan a la salud o integridad física.

La indemnización por daños y prejuicios

Según el artículo 1106 del Código Civil, la indemnización de daños y perjuicios comprende el valor de la pérdida sufrida y la ganancia que se dejó de obtener. Por tanto, comprende el daño emergente, el lucro cesante y los daños extrapatrimoniales que se hayan podido provocar.

Asimismo, cualquier persona física o jurídica que incurra en dolo, negligencia o morosidad o que incumpla una obligación, está obligado a pagar la indemnización por daños y perjuicios.

¿Qué se necesita para obtener una indemnización por daños y perjuicios?

Hay una serie de requisitos que se deben considerar:

  • Incumplimiento de la obligación imputable al deudor. Pues la ausencia de culpabilidad de este, le exime de responsabilidad e indemnización.
  • Se produzcan daños y perjuicios a un tercero como consecuencia del incumplimiento de la obligación.
  • Haya un nexo de causalidad entre los daños y la acción.
  • Los daños y perjuicios deben ser probados y acreditados.

Tanto si tienes derecho a obtener como si estas obligado a pagar la indemnización por daños y perjuicios, debes tener conocimientos sobre este tema legal, ya que es más común de lo que piensas. Cualquier actividad conlleva un riesgo y puede provocar daños.

Nuestros abogados son especialistas en indemnizaciones, así que consúltanos si tienes cualquier duda.

Imagen Post Fraude de Erte

Inspección de Trabajo detecta fraude en uno de cada seis ERTE durante la pandemia

Una de las soluciones del Gobierno para proteger el empleo desde que comenzó la pandemia han sido los ERTE. Así, por un lado, muchas empresas podían sobrevivir a pesar de parar su actividad de forma parcial o completa. Y, por otro lado, los trabajadores podrán recibir una prestación durante este periodo de tiempo.

Sin embargo, muchas empresas han incumplido la normativa para obtener un beneficio mayor.

En este sentido, Inspección de Trabajo ha detectado fraude de ERTE en uno de cada seis ERTE, esto es, 5.500 empresas. Y ha sancionado con multas por valor de 26 millones de euros.

Asimismo, el Tribunal Supremo está abordando estos días los mayores fraudes de ERTE durante la pandemia, de empresas como Ryanair y ArcelorMittal, así como los despidos en Zener, donde fiscalía y sindicatos están pidiendo su nulidad. Veamos con más detalles estos casos.

Fraude de ERTE: los casos de Ryanair, ArcelorMittal y Zener

¿Qué tienen en común estos tres casos? Se trata de empresas grandes, en las que han sido afectados más de 8 mil trabajadores. En ellas, los jueces han detectado que estas empresas hicieron un uso fraudulento de los ERTE.

Y en los tres casos la Fiscalía y los sindicatos han pedido al Tribunal Supremo que sentencie la nulidad del ERTE o despido colectivo.

Ryanair

En 2020 la Audiencia Nacional declaró un ERTE fraudulento de Ryanair. En las primeras semanas de la pandemia, Ryanair planteó un ERTE para 206 trabajadores, alegando los efectos del virus y sus consecuencias para las aerolíneas.

Pero Inspección de Trabajo descubrió una serie de irregularidades. En primer lugar, no se lo comunicaron correctamente a los sindicatos. Y, en segundo lugar, había incluido a 180 trabajadores de Canarias despedidos de forma fraudulenta en un ERE anulado por la Justicia.

En abril la Audiencia Nacional declaró nulo un despido colectivo que afectaba a 224 trabajadores y la compañía se vio obligada a readmitirlos. Después, Ryanair en mayo incluyó a todos en un ERTE que Ryanair se acogió por el coronavirus.

La primera sentencia obligaba a la empresa a readmitirlos y abonar a los trabajadores el salario de tramitación desde enero, cuando se puso en marcha el ERE. Por tanto, según el sindicato USO (Unión Sindical Obrera) lo que intentaban era ahorrarse los salarios de tramitación y que la Administración se hiciera cargo de ellos a través de los ERTES a causa de la pandemia.

USO y SITCPLA han pedido al Supremo que rechace el último recurso de Ryanair.

ArcelorMittal

En abril de 2020 ArcelorMittal, intentó poner en marcha un ERTE para 8.027 trabajadores. Han recurrido cinco sindicatos y junto con la Fiscalía han pedido al Supremo que confirme la nulidad.

La Audiencia Nacional declaró de forma contundente la nulidad del ERTE por presentarse como un grupo laboral de empresas y sacar los números de las sociedades en pérdidas para obtener el máximo beneficio del ERTE.

La empresa se encontraba en ERTE desde 2009 y se ha ido prorrogando según un acuerdo con los representantes legales de los trabajadores. Estas medidas ventajosas garantizaban a los empleados el 90 % de las retribuciones brutas que le correspondían por su jordana ordinaria y el derecho al disfrute integro de sus vacaciones.

Según la sentencia, ArcelorMittal se aprovechó del mecanismo de ERTE por la COVID para reducir las condiciones laborales pactadas en el ERTE de 2009. ¿Por qué? Debido a que ahora se garantizaba el 65 % de las retribuciones y no se generarían vacaciones.

De ahí que la Audiencia Nacional afirme que la multinacional usara la legislación excepcional derivada de la COVID 19 de modo “torticero” para eludir el cumplimiento de las garantías pactadas.

Zener

Esta compañía que se dedica al mantenimiento de las redes de telecomunicación como Mas móvil y Vodafone, el pasado año despidió a 65 empleados. Entre ellos se encontraban 6 contratos temporales, 34 despidos disciplinarios y 25 despidos tras el periodo de prueba.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declaró nulos todos los despidos, considerándolos como una medida contradictoria, ya que la actividad de la empresa se mantuvo y la empresa no lo justificó.

Los jueces le han reprochado que echara a los trabajadores (el tercio de la plantilla) sin aplicar el procedimiento de despido colectivo como exige la ley por ese volumen de empleados, con argumentos como bajadas de rendimiento y no superar los periodos de prueba.

 

Espera

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Tipos de juzgado: ¿en cuál se presenta cada tipo de demanda?

Todos los juzgados tienen el mismo rango, pero se diferencian entre sí por competencias y por el ámbito territorial en el que se desarrollan.

Por otro lado, el Consejo General del Poder judicial (CGPJ), que es el máximo órgano de los jueces, puede determinar que en aquellas circunscripciones donde exista más de un juzgado de la misma clase, uno o varios asuman otros asuntos con carácter exclusivo. Por eso, en grandes ciudades se han creado juzgados especializados en asuntos de hipotecas, familia, tutela, etc.

Pueden extender su jurisdicción a uno o más partidos de la provincia o dependiendo del volumen de asuntos que se tramiten, se puede extender a varias provincias de una misma Comunidad Autónoma.

Asimismo, dependiendo del tipo de demanda, el demandante deberá dirigirse a un juzgado u otro.

Tipos de juzgados según la materia que se juzga

A continuación vamos a conocer los distintos tipos de juzgados según la materia que se juzga y sus distintas funciones.

Juzgado de Primera Instancia

Su función es resolver cualquier conflicto de carácter civil, que no tienen rango delictivo. Por ejemplo, una disputa entre un inquilino y el dueño del inmueble o el caso más representativo, los divorcios.

Además, el juez o jueza de primera instancia se encarga del registro civil, esto es, que realiza inscripciones de nacimiento, fe de vida, defunciones, nacionalidad o matrimonio, entre otras.

El Juzgado de primera instancia se encarga de recibir este tipo de casos la primera vez. Pero si un involucrado interpone un recurso para someter a revisión lo que se ha dictado, entonces sería un juez de segunda instancia quien resolverá el recurso de apelación.

Juzgado de Instrucción

Entre sus principales funciones está la instrucción de las causas por delito, cuyo enjuiciamiento corresponde a las Audiencias Provinciales y a los juzgados de lo penal, exceptuando las causas que sean competencia de los Juzgados de Violencia sobre la mujer.

Por tanto, el Juzgado de Instrucción investiga delitos y a los presuntos culpables, pudiendo ordenar su prisión provisional.

Juzgado de lo contencioso-administrativo

Resuelven principalmente los recursos planteados contra actuaciones de las Administración Pública. En otras palabras, resuelve conflictos entre ciudadanos o personas jurídicas y las Administraciones públicas. Y entre las administraciones.

Conoce sobre recursos de extranjería, recursos contra actos de la Juntas Electorales y determinados actos administrativos de las Comunidades Autónomas y entidades locales.

Juzgado de lo Social

Están destinados a conocer en primera o única instancia asuntos relacionados con:

  • Cuestiones laborales, por asuntos que tienen que ver con las relaciones laborales.
  • Procedimientos contra la Administración, en casos relacionados al mundo laboral, contra la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo estatal o el Fondo de Garantía Social.

Para presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, tiene que haberse celebrado (o al menos haberse intentado) una conciliación o mediación a través del Servicio de Mediación, correspondiente al domicilio.

Estos son algunos ejemplos casos de demandas que llegan al juzgado de lo social: despidos, huelgas, acoso laboral, sanciones, reclamaciones de salario, problemas entre las empresas laborales o cooperativas y sus socios.

Juzgado de Vigilancia penitenciaria

Este órgano se encarga de ejecutar las penas privativas de libertad, que tiene a su cargo la fiscalización de la actividad penitenciaria.

Garantiza los derechos de los reclusos y corrige los posibles abusos de las Administraciones con estos, con el objetivo de cumplir con el régimen penitenciario.

Juzgado de Menores

Los juzgados de menores ejercen las funciones atribuidas por la ley sobre menores (14-18 años), que hubiesen incurrido en conductas tipificadas por la ley como delito o falta.

Juzgados de Paz

Ejerce su jurisdicción cuando no exista en un municipio un juzgado de primera instancia e instrucción.

Su ámbito de actuación se limita al municipio y entre las funciones jurisdiccionales que tiene están resolver cuestiones civiles y penales de menor relevancia; así como también cumplen las funciones de Registro Civil.

En el ámbito civil realizará trámites de expedientes de matrimonio, expedición de certificados de nacimiento o defunción, etc. En el ámbito civil, conocerá demandas de reclamaciones de dinero que no supere los 90 euros, actos de conciliación, entre otros.

Asimismo, en el ámbito penal, entre sus funciones destaca tramitar, celebrar y dictar sentencias en juicios de falta por insultos, vejaciones, coacciones que hayan ocurrido en la localidad.

Si te has quedado con alguna duda sobre este o cualquier otro tema, no dejes de ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos.

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Qué es un notario y cuáles son sus funciones

La palabra notaría viene del latín “notare”, que se traduce como escribir o designar. Por lo que esta figura jurídica existe desde hace muchos años, concretamente viene regulada desde 1862 en la Ley del Notariado. De hecho, en la actualidad este profesional se ha convertido en alguien imprescindible para realizar procedimientos que sin su firma no podrían formalizarse.

Las notarías tienen una función clave, ya que son ellas las que comprueban, legitiman y dan fe pública de los actos y hechos pactados entre personas. Y la figura que es responsable de todo esto es la del notario.

¿Qué es un notario?

El notario es un profesional al servicio público, quien comprueba hechos concretos pactados previamente entre personas. Del mismo modo, debe legitimarlos y dar fe pública de todo ello.

Su responsabilidad se centra en prevenir fraudes, siendo testigos imparciales que certifican la autenticidad de un documento.

Y, ¿qué es la fe pública o notarial?

Se trata de la facultad que se le otorga al notario por ley para autentificar declaraciones que se realizan ante esta figura jurídica. Y su función es cooperar con los intereses públicos.

Asimismo, es importante tener en cuenta que son los interesados quienes tienen la libertad de elegir el notario que quieran. Solo así estos podrán ejercer sus funciones.

Funciones de un notario

Después de analizar qué es un notario, es probable que lo relaciones con la firma de hipotecas o con la redacción de testamentos. Pero lo cierto es que intervienen en otras muchas más situaciones.

Veamos a continuación algunas de sus funciones:

  • Elaboración y trámites de escrituras públicas.
  • Elaboración de escrituras públicas para la cancelación de hipotecas.
  • Almacenar y abrir posteriormente los testamentos cerrados.
  • Reconocimiento de documentos privados, dejando constancia del contenido del documento y de la manifestación de la persona interesada.
  • Autenticaciones (incluyendo copias o firmas).
  • Fe de vida (testimonio escrito de la supervivencia de una persona).
  • Corrección de errores de las escrituras públicas.
  • Almacenamiento y conservación de los archivos notariales.
  • Realización de notas de referencia (estas deben realizarse cuando una actuación afecte a otras escrituras).
  • Asesor jurídico de las partes (art. 147 del Reglamento Notarial)

Ejemplos en los que puede intervenir un notario

Por tanto, estos son algunos ejemplos en los que un notario interviene:

  • Firma de hipotecas.
  • Testamentos.
  • Arrendamientos y compraventas.
  • Comunicaciones al ayuntamiento de las nuevas fincas creadas o transmitidas.
  • Constitución de usufructos y rentas.
  • Formación del catastro inmobiliario de fincas.
  • Hacer un testamento, declaración de herederos, envío de fichas al registro de últimas voluntades, informar a sus beneficiarios de legados o herencias desconocidas, participación en el pago de impuestos sucesorios, entre otros.
  • Disolución de una sociedad conyugal, reconocimiento o emancipación de un hijo, divorciarse o casarse (Ley de la Jurisdicción Voluntaria), etc.

Además de todo esto, un notario puede estar presente en hechos cotidianos que ni te imaginabas. Piensa que así te aseguras la validez legal y jurídica antes de acudir a ningún pleito.

¿Qué documentos son los más importantes?

La escritura es un documento público en el que el notario da fe y garantiza la máxima seguridad jurídica. Por lo que tiene una validez superior a cualquier documento privado.

Esto quiere decir que los jueces, administraciones y la sociedad otorga absoluta credibilidad a los hechos que se manifiestan en una escritura pública.

En este caso, la escritura pública tiene unas condiciones precisas: lo que se dice es verdad, se ajusta a la ley, el acuerdo recogido se lleva a la práctica.

Por tanto, cuando un ciudadano firma una escritura pública tiene la garantía legal de que su veracidad no puede ponerse en cuestión.

Otro documento relevante es el acta, esta es una certificación realizada por el notario en la que corrobora que ha visto y oído los hechos que se exponen.

¿Te han quedado dudas sobre qué es un notario y cuáles son sus funciones? Contáctanos para resolver cualquier pregunta sobre este tema. ¡Estaremos encantados de asesorarte!